Anexo para la subsanación de comunicaciones presentadas al Censo de Dehesas

Aquellos titulares que presentaron en su día una comunicación al Censo de Dehesas de Andalucía y que reciban una notificación en la que se requiera la subsanación de la comunicación presentada, podrán hacer uso del presente Anexo para subsanar las incidencias indicadas.

Se recuerda que el plazo para subsanar las comunicaciones es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en  que se produzca la notificación del requerimiento de subsanación.

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