Cesiones de derechos de ayuda de Pago Único y Reserva Nacional 2006

El Reglamento (CE) nº 1782/2003, del Consejo de 29 de septiembre, estableció un nuevo régimen de ayudas, denominado Régimen de Pago Único.

Este nuevo sistema de ayudas, que se aplicará en España a partir del 1 de enero del 2006, agrupa diversos pagos directos que hasta la fecha recibían los agricultores y ganaderos al amparo de los regímenes de ayudas sectoriales, tales como el de cultivos herbáceos, carne de vacuno, que figuran relacionados en el Anexo VI del Reglamento (CE) nº 1782/2003, del Consejo.

En relación con este sistema de ayudas existen unos aspectos relacionados con la gestión de los derechos de ayuda y que son los siguientes:

a) La solicitud de Admisión al Régimen de Pago Único.
b) La presentación de alegaciones a la comunicación provisional de derechos.
c) La solicitud de derechos a la Reserva Nacional.
d) La activación de derechos arrendados según art. 27 del R(CE) nº 795/2004.

Puede obtener más información sobre estos aspectos en el apartado Instrucciones de esta página.

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