Plazos de presentación

Plazos de presentación (campaña 2004/2005)

El período de solicitud es el comprendido entre el 12 de febrero y el 26 de marzo de 2004. Una vez transcurrido este plazo, las solicitudes serán penalizadas con un 1 % por cada día hábil de retraso. Pasados 25 días naturales, las solicitudes se considerarán inadmisibles.

Para la prima especial de bovinos machos: entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2004.

La solicitudes de primas al sacrificio de bovino se presentarán dentro de los cuatros meses siguientes al sacrificio y, en todo caso, en los siguientes períodos:

  • Del 1 al 31 de marzo de 2004
  • Del 1 al 30 de junio de 2004.
  • Del 1 al 30 de septiembre de 2004.
  • Del 1 de diciembre de 2004 al 15 de enero de 2005.

En el caso de solicitudes de productores que únicamente realicen declaración de superficies de tabaco, el plazo de presentación será hasta el 30 de abril de 2004.

Las solicitudes de prima láctea se podrán presentar hasta el 15 de mayo de 2004

Modificaciones al plan de siembra:

  • El productor dispondrá de un plazo de diez días, a contar desde la finalización de las labores culturales que originaron la modificación al plan de siembras, para la presentación de la misma. En todo caso, la solicitud de modificación al plan de siembras deberá presentarse a más tardar el 31 de mayo de 2004, salvo para aquellas modificaciones al plan de siembras que afecten exclusivamente a parcelas de tabaco, cuya fecha límite será el 30 de mayo de 2004. Estas modificaciones se pueden declarar en la Entidades Colaboradoras utilizando el programa oficial que poseen.
  • No podrá presentarse una solicitud de modificación al plan de siembras hasta que no haya finalizado el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas superficies.

Presentación

En las Delegaciones Provinciales u Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura y Pesca de la provincia en la que radique la mayor superficie de su explotación, y en el caso de productores que no realicen declaración de superficies, en aquélla donde radique la mayor parte de superficie destinada a la alimentación del ganado.

Asimismo, en el caso de solicitudes que únicamente recojan declaración de superficies de tabaco, cuando la mayor parte de las mismas pertenezcan a otra Comunidad Autónoma y en el caso de producciones que vayan a ser objeto de contrato con empresas y centros de primera transformación radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, la competencia sobre la tramitación, control y custodia de cada expediente, corresponderá a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Teléfono
955032000
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