Periodos de pago

Con carácter general, los pagos se efectuarán entre el 1 de diciembre de 2005 y el 30 de junio de 2006

No obstante, la ayuda a la patata para fécula se pagará a los agricultores, una vez haya sido entregada la totalidad de las cantidades de patata que corresponden a la campaña, dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha en que se haya presentado la prueba de pago del precio mínimo por parte de la industria. Sin embargo, se podrán percibir anticipos desde el 1 de diciembre de 2005, por las cantidades entregadas para las que se haya presentado la prueba citada.

Los pagos derivados del importe adicional de la ayuda del 3% se pagarán a más tardar el 30 de septiembre de 2006.
El pago definitivo de la ayuda al algodón se realizará antes de finalizar la campaña de comercialización de que se trate, una vez establecidos por la Comisión Europea los importes definitivos de las ayudas. No obstante, de forma anticipada se podrán percibir cantidades a partir del 16 de octubre del 2005 como primer anticipo y del 16 de diciembre del 2005 como segundo.

El pago de la indemnización compensatoria se realizará una vez resueltas las solicitudes sin perjuicio de los controles que puedan practicarse y del resultado de los mismos.

La aparición del Reglamento (CE) núm. 1418/2005 de la Comisión ha modificado lo establecido anteriormente en relación con algunos periodos de pago:

  • El periodo de abono de la prima láctea y los pagos adicionales comenzará el 16 de octubre.
  • El periodo de abono de las primas por ganado ovino y caprino y de la prima por vaca nodriza comenzará el 1 de noviembre
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