

A continuación detallamos las verificaciones que deben realizarse para confirmar si un insumo es utilizable como fertilizante en producción ecológica, para ello toda sustancia.
1.- En primer lugar tiene que cumplir la normativa específica de producción ecológica y para ello figurar listada en el Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165.
2.- En segundo lugar, verificar el cumplimiento de la legislación vigente que le sea de aplicación, ya se traten de fertilizantes del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes, Abonos CE o Real Decreto 865/2010, de 2 de julio, sobre sustratos de cultivo y el Reglamento (CE) 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 , tal y como se detallan a continuación.
En primer lugar tiene que cumplir la normativa específica de producción ecológica y para ello la sustancia figurar entre las listadas del Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 (versión consolidada a 15/11/2023, ver páginas de la 14 a la 19).
Además, tener en cuenta de cumplir las condiciones y restricciones de uso de dosis, métodos de aplicación y cultivos que figuran en la tabla del Anexo II.
Una vez verificado que el insumo cumple con la legislación vigente, pasaremos a comprobar que cumplen con la normativa de producción ecológica, para ello deberá estar elaborador con sustancias listadas en los anexos II del Reglamento (UE) 2021/1165. Cómo herramienta útil disponemos de las siguientes normas UNE que nos pueden ayudar.
A continuación se detalla una breve guía como ayuda para realizar dichas verificaciones que le sea de aplicación ya se traten de Abonos CE, fertilizantes del Real Decreto 506/2013, Reglamento (UE) 2019/1009 o sustratos de cultivo, tal y como se detallan a continuación. A continuación se detalla una breve guía como ayuda para realizar dichas verificaciones.
A partir del 16 de julio de 2022 que entra en aplicación el Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europea y del Consejo de 5 de junio de 2019 por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) nº 1069/200. Este nuevo reglamento forma parte de la estrategia de economía circular y entre otras mejoras incluye los abonos orgánicos y nuevos fertilizantes como los bioestimulantes.
Lea más sobre estos cambios en el siguiente enlace
En España, se encuentran regulados por el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio sobre productos fertilizantes (versión consolidada que incluye la modificación del Real Decreto 999/2017, de 24 de noviembre.)
Tipo acorde al Real Decreto 506/2013 modificado por el RD 999/2017 | Información adicional |
Grupo 1. Abonos inorgánicos nacionales | |
Grupo 2. Abonos orgánicos | (requieren registro, consúltelo) |
Grupo 3. Abonos organo-minerales | (requieren registro, consúltelo) |
Grupo 4. Otros abonos y productos especiales. |
(requieren registro, consúltelo) En este grupo se encuentran los siguientes: 4.1 Productos especiales (Aminoácidos, ácisoa húmicos, extractos de algas, y otros) 4.4 Productos especiales basados en microorganismos (Micorrizas, microorganismos no micorrícicos, mescla de microorganismos y otros. |
Grupo 5. Enmiendas calizas | |
Grupo 6. Enmiendas orgánicas. |
(requieren registro, consúltelo)
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Grupo 7. Otras enmiendas |
Si quiere ampliar la información consulte la presentación " Listas de sustancias y productos autorizadas en producción ecológica. Reglamento de ejecución (UE) 2021/1165" Curso IAAP: 2021. Araceli Sánchez Sánchez. Asesora técnica en P.E. (AGAPA) |