Suelos contaminados: comunicaciones relativas a Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo (APC). Inicio, modificación, cese y cambio de actividad o de uso

Información general

Título formal:

Suelos contaminados: comunicaciones relativas a Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo (APC).

Código:
25137
Organismo:
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
18/08/2022

Descripción

Las Actividades Potencialmente Contaminantes del suelo (APC) están obligadas a:

  • En caso de afección al suelo: Presentar informe de calidad del suelo para su valoración.
  • Al inicio de la actividad: Presentar un informe de situación.
  • Cuando cesan la actividad: Presentar un informe histórico de situación.
  • Cuando hay una modificación sustancial: Presentar un informe de situación actualizado.
  • En suelos que hayan soportado una APC, cuando haya cambio de uso o una nueva actividad: Presentar un informe histórico de situación.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Documentación

Dependiendo del trámite:

  • Informe histórico de situación con el contenido del Anexo II del Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados.
  • Informe de situación previamente relleno en la plataforma SUCO.

Plazo de Inicio

  • Inicio de la actividad: previamente al inicio de la actividad.
  • En suelos que hayan soportado una APC, cuando haya cambio de uso o una nueva actividad: Previamente a la solicitud de licencia.
  • Modificación sustancial de la actividad: en el plazo de un mes desde que se produzca el cambio.
  • Cesa de la actividad: de forma previa a la clausura de la actividad.

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. En el caso del cambio de uso o actividad en suelo que haya soportado una APC. En los casos de inicio, cese o modificación de APC se trata de una comunicación y no hay dictamen de la administración.
    Silencio: No tiene

Agota vía administrativa

No

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Última actualización: 21/12/2022
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