SESIÓN DEL

La Junta garantiza mayor seguridad y el control de calidad en las piscinas públicas de Andalucía

Aprobado el reglamento técnico-sanitario de las instalaciones acuáticas que, a partir de octubre, tendrán que implantar un plan de autocontrol

Las piscinas públicas y de comunidades de vecinos con más de 20 propietarios tendrán que implantar un sistema de autocontrol para evitar los riesgos para los bañistas. En concreto, deberán contar con planes específicos de tratamientos de aguas y de control de la calidad de aire en los vasos cubiertos, además de tener activos un programa de mantenimiento, limpieza y desinfección y otro de seguridad y buenas prácticas, aparte del control de plagas y de la gestión de personas y entidades proveedoras de servicios.

Es una de las novedades que introduce el Reglamento técnico-sanitario de las piscinas de Andalucía, que entrará en vigor en octubre y cuyo decreto ha aprobado el Consejo de Gobierno. El mismo va a permitir agilizar el procedimiento administrativo para la gestión de las piscinas, ya que sustituye la figura de la declaración responsable por la simple comunicación para la puesta en funcionamiento de nuevas piscinas o reformas de las construidas.

El reglamento incorpora otra serie de actuaciones, entre las que destacan que las piscinas de nueva construcción o reformadas deberán contar con un almacén de productos químicos. Otra medida concreta del sistema de autocontrol es la protección de desagües con dispositivos de seguridad para evitar accidentes, impidiendo su manipulación por los bañistas.

La nueva normativa regula también el servicio de socorrismo e indica que “será responsabilidad del titular de las piscinas cuya superficie de lámina de agua sea de 200 metros cuadrados o superior disponer de un servicio de socorrista acuático con titulación cualificada correspondiente”.

Así, en una piscina con una lámina de agua comprendida entre 200 y 500 metros cuadrados tendrá que haber al menos un socorrista, siendo necesarios dos en las instalaciones con una lámina de agua comprendida entre los 500 y los 1.000 metros cuadrados. De igual modo, en las piscinas de más de 1.000 metros cuadrados deberá haber un socorrista más como mínimo por cada vaso o fracción de 500 metros cuadrados.

La aprobación del decreto por parte del Consejo de Gobierno adapta la norma andaluza a la estatal y obedece a un cambio en los hábitos sociales y de ocio que han hecho proliferar los establecimientos que combinan las actividades meramente lúdicas con aquellas destinadas al mantenimiento o mejora de la salud, así como en un cambio de los métodos de tratamiento del agua y de las medidas de seguridad.

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