SESIÓN DEL

EL CONSEJO REGULA LAS COMISIONES DE VALORACIONES ENCARGADAS DE FIJAR EL JUSTIPRECIO EN LAS EXPROPIACIONES

El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado un decreto por el que se regula la organización y funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones, órganos colegiados de ámbito provincial que se encargarán de fijar el justiprecio en los casos de expropiación forzosa en los que intervenga la Junta de Andalucía o las entidades locales de la comunidad autónoma.

Las Comisiones Provinciales de Valoraciones, adscritas a la Consejería de Gobernación, velarán además por la aplicación homogénea de los criterios de valoración en los procedimientos de tasación de bienes y derechos que le sean sometidos. Con la aprobación de este decreto, que desarrolla la disposición adicional tercera de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de 2002, los actuales Jurados de Expropiación se concentrarán únicamente en las expropiaciones que correspondan al Estado.

Las Comisiones Provinciales de Valoraciones se ubicarán en las sedes de las delegaciones del Gobierno de la Junta y estarán compuestas por un presidente, que será el secretario general de cada delegación, un secretario y ocho vocales, si se trata de una expropiación de la administración autonómica, o nueve, si el proceso corresponde a una entidad local, que designará un representante.

El procedimiento ante las Comisiones Provinciales de Valoraciones se iniciará mediante la remisión a las mismas del expediente del justiprecio por la administración expropiante o por el titular del bien o derecho objeto de expropiación, cuando no haya acuerdo sobre la cantidad.

Las Comisiones adoptarán y notificarán los acuerdos de valoración en el plazo máximo de tres meses, aunque excepcionalmente este período se prorrogará otro mes cuando deban obtenerse de otras administraciones informaciones que sean determinantes para la valoración o cuando la complejidad del expediente aconseje una inspección sobre el terreno de los bienes o derechos a valorar.

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