SESIÓN DEL

LA JUNTA MODIFICA UN ARTÍCULO DEL REGLAMENTO DE CAJAS DE AHORROS PARA EVITAR ELECCIONES EN CASO DE FUSIÓN

El Consejo de Gobierno ha aprobado una modificación del artículo 20 del Reglamento de la Ley de Cajas de Ahorros de Andalucía, aprobado en 2002 y referido al periodo de renovación de los órganos de gobierno en caso de fusión de entidades. El objetivo del cambio se dirige a garantizar la estabilidad en este proceso y a no interferirlo con eventuales renovaciones de las estructuras organizativas.

De acuerdo con la modificación, una vez aprobado el proyecto de fusión por los consejos de administración de las cajas implicadas en el mismo, no podrá iniciarse la renovación de órganos o quedará en suspenso en caso de que ya hubiera comenzado. Los procesos electorales paralizados o suspendidos se iniciarán o reanudarán una vez que la fusión se lleve a efecto y también en el supuesto de que no se produzca, bien porque no cuente con la aprobación de las asambleas generales o porque no la haya autorizado la Administración autonómica.

Con el cambio normativo aprobado hoy, la Junta pretende incentivar los procesos de fusión dotando de estabilidad y continuidad a los órganos de gobierno encargados de impulsarlos.


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