SESIÓN DEL

APROBADA LA REGULACIÓN DE LAS COMPETENCIAS INSPECTORAS Y SANCIONADORAS DE LA JUNTA EN RELACIÓN CON EL TABACO

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración autonómica para la inspección y sanción en materia de consumo, venta, suministro y publicidad de los productos del tabaco.

De acuerdo con esta norma, todos los órganos inspectores de los distintos departamentos de la Junta incluirán entre sus atribuciones ordinarias la vigilancia del cumplimiento de la Ley estatal 28/2005 de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo. Estas funciones podrán ejercerse de oficio o a instancias de particulares, sin perjuicio de las atribuidas por Ley a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Por su parte, corresponderá a la Consejería de Salud ejercer la coordinación y establecer los mecanismos de cooperación en la actividad inspectora. Con el fin de agilizar los procedimientos, Salud también tramitará las actas iniciadas por cualquiera de los órganos competentes.

En relación con la capacidad sancionadora, ésta corresponderá a los órganos designados tanto en la Ley de Salud de Andalucía como en las leyes estatales de Bases de Régimen Local y de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo. De acuerdo con este reparto, los ayuntamientos impondrán sanciones hasta un límite de 15.025 euros y la Consejería de Salud hasta 150.253, mientras que el Consejo de Gobierno de la Junta tendrá potestad para sancionar por encima de esta cantidad las infracciones de carácter muy grave.

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