Secretaría General Técnica
Información general
Biografía
Doctora y licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla, ha cursado el Máster de Formación Permanente en Liderazgo y Dirección Pública del Instituto Andaluz de Administración Pública en colaboración con la Universidad Internacional de Andalucía. Con una trayectoria de más de 25 años en la Administración Pública, ha desempeñado puestos de alta responsabilidad en la gestión pública. En el ámbito local, ejerció como jefa de la asesoría jurídica y coordinadora del área de Urbanismo. Posteriormente, en la Administración autonómica, en el año 2018, asumió la jefatura del servicio de Patrimonio de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. En la escala directiva, ha ocupado el cargo de secretaria general técnica en tres departamentos de la Junta de Andalucía de forma sucesiva: en la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible; en la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural; y, desde agosto de 2024 hasta su actual nombramiento, en la Consejería de Cultura y Deporte. En el plano de la investigación, es miembro del Instituto de Investigación Clavero Arévalo de la Universidad de Sevilla y autora de dos libros, así como de publicaciones en importantes revistas del ámbito jurídico. Cuenta además con una sólida faceta docente como profesora asociada en el departamento de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla desde 2011, colaborando en la formación de personal de las distintas Administraciones Públicas, e impartiendo docencia en el Máster Propio Emprendedores en Comunicación y Moda de la Facultad de Comunicación de esta misma Universidad.
Funciones
A la persona titular de la Secretaría General Técnica, con rango de Dirección General, bajo la dependencia directa de la Viceconsejería, le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En particular, son competencias de la Secretaría General Técnica:
- La administración y gestión de los asuntos de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
- La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería.
- La asistencia jurídica a todos los órganos de la Consejería.
- El informe de los proyectos de disposiciones de carácter general que emanen de la Consejería y la coordinación o, en su caso, elaboración de las mismas dentro del ámbito de su competencia.
- La elaboración del anteproyecto anual del presupuesto de la Consejería y su tramitación, el seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y la tramitación de sus modificaciones y autorizaciones preceptivas.
- La administración y gestión de los créditos y el impulso y ejecución de la actividad presupuestaria, coordinando a estos efectos, a los distintos órganos y entidades dependientes de la Consejería, así como a sus servicios periféricos.
- La coordinación general y el seguimiento de los ingresos, tanto patrimoniales como derivados de tasas, cánones y precios públicos, salvo los que expresamente correspondan a otros órganos.
- La coordinación de las relaciones de los órganos directivos centrales de la Consejería con los Tribunales de Justicia, así como con el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de acuerdo con las herramientas disponibles para ello.
- La tramitación de los proyectos de convenios y otros instrumentos análogos de colaboración.
- En general, todas las que le atribuya la normativa vigente.
- A la persona titular de la Secretaría General Técnica le corresponde a su vez:
- La tramitación de los recursos administrativos cuya resolución corresponda, por competencia propia o por delegación, a las personas titulares de la Consejería, de la Viceconsejería, de la Secretaría General Técnica y del Consejo de Gobierno, así como la tramitación de los recursos de alzada cuya resolución esté atribuida a las personas titulares de la Secretarías Generales.
- La propuesta de resolución de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial y de los procedimientos de revisión de actos nulos y de declaración de lesividad de actos anulables, sin perjuicio de las atribuciones de los órganos competentes por razón de la materia en lo que respecta a la tramitación de los mismos, así como la tramitación y propuesta de dichos procedimientos cuya resolución corresponda al Consejo de Gobierno.
- Dictar las resoluciones mediante las que se dispone el cumplimiento de las sentencias y resoluciones judiciales en el ámbito de los servicios centrales de la Consejería.
- Evaluación de la MAIN de los proyectos normativos.
- La ordenación de la inserción en el BOJA de las disposiciones y actos de la Consejería, sin perjuicio de la tramitación e impulso de los procedimientos de publicación que correspondan a los órganos directivos centrales competentes por razón de la materia.
- La coordinación del Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Consejería.
- La gestión de la contratación administrativa, coordinando a estos efectos a los distintos órganos de contratación de la Consejería.
- La supervisión de los proyectos de obras de la Consejería, así como de sus modificaciones y liquidaciones, dependiendo de ella la Oficina de Supervisión de Proyectos, sin perjuicio de las atribuidas en relación con dichos proyectos e infraestructuras, dentro de sus respectivos ámbitos materiales, a otros órganos de la Consejería.
- El impulso, la coordinación y la planificación estratégica de la Compra Pública de Innovación en los ámbitos competenciales de la Consejería.
- La gestión patrimonial de los bienes adscritos a la Consejería, así como el inventario de los bienes muebles e inmuebles, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de patrimonio, y de las competencias atribuidas a otros órganos directivos en relación con los bienes que gestionan en ejercicio de las competencias que tienen atribuidas.
- La representación en los órganos generales de personal correspondientes y las relaciones sindicales y acción social.
- Organizar y supervisar la actividad de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.
- La dirección, ordenación y gestión del registro general, sin perjuicio de las competencias que le correspondan al órgano al que estén adscritas las oficinas de asistencia en materia de registros, así como el archivo central, y las funciones de información a la ciudadanía y documentación.
- El régimen interior y la administración general.
- Las compras y suministros, la gestión del parque móvil y la conservación de los edificios, instalaciones y equipos.
- La tramitación, calificación y resolución de los procedimientos sustanciados en materia de registro de la propiedad intelectual, de acuerdo con la normativa aplicable.
- La gestión de las marcas propiedad de la Consejería.
- La gestión de un sistema integrado de atención a la ciudadanía y la comunicación al ciudadano.
- La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad de la información.
- La formulación y priorización de las necesidades en materia de tecnologías de la información y la comunicación, sin perjuicio de las competencias de la Agencia Digital de Andalucía.
- La dirección funcional de los sistemas de información sobre las materias de su competencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
- La asistencia y apoyo a las entidades dependientes de la Consejería y a las delegaciones territoriales en el desempeño de las funciones relacionadas con el ámbito competencial de aquella.
- Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
La Unidad Antifraude de la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte ejercerá sus funciones bajo la dependencia orgánica de la Secretaría General Técnica, conforme al Plan de Medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Secretaría General Técnica es el órgano competente en materia de edificios administrativos en caso de uso por servicios centrales de la Consejería a efectos de lo previsto en el artículo 135 de la Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La consejería