Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz

Definición y objetivos del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico del pueblo andaluz. Para ello, el artículo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo, a su vez, el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

En desarrollo de dichos objetivos y competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía se promulga la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (BOJA núm. 248, de 19.12.2007), que recoge en su artículo 6 la constitución del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz “como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos”, y en el artículo 7 su estructura, que comprende los Bienes de Interés Cultural, Bienes de Catalogación General y los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.

La competencia para la formación y conservación del Catálogo la ostenta la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, siendo la Dirección General de Patrimonio Histórico el Centro Directivo encargado de dicha función, a través del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, que debe hacerse cargo de la redacción y de la custodia de la documentación correspondiente a los bienes culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

Los objetivos prioritarios del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz son los siguientes: facilitar la tutela jurídico-administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, y contribuir al conocimiento y divulgación de los bienes en él inscritos.

Más información

  • Orden de 12 de febrero de 2020, por la que se aprueba el formulario normalizado para la solicitud de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, inclusión en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz o declaración de Zonas de Servidumbre Arqueológica (BOJA núm. 35, de 20.02.2020).

Localización de bienes protegidos

Localización de bienes protegidos

En el mapa de localización de los bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y en el Inventario de Bienes Reconocidos de Patrimonio Histórico Andaluz o declarados Zonas de Servidumbre Arqueológica se recogen las localizaciones poligonales o puntuales de los bienes inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía (artículo 6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía) (BOJA núm. 248, de 19.12.2007) o en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz (artículo 13), así como los espacios declarados Zonas de Servidumbre Arqueológicas (artículo 48) y los entornos de protección que se hayan podido establecer (artículo 28). No se han representado los bienes que por su fragilidad podrían verse amenazados por la difusión de su localización.

Las delimitaciones de los bienes reproducen las establecidas por la aprobación de la norma que ha fijado su protección. En aquellos casos en los que la inscripción o la declaración no hubiese precisado cartográficamente el ámbito de la protección, se ha realizado una interpretación de la misma a partir de la información contenida en los expedientes de protección correspondientes.

Para cualquier aclaración, puede ponerse en contacto con la Dirección General de Patrimonio Histórico (Servicio de Protección del Patrimonio Histórico) a través de la siguiente dirección de correo electrónico: cgpha.ccul@juntadeandalucia.es.

Acceso a consulta de los expedientes de bienes inscritos

El acceso a la consulta de los expedientes de los bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá realizarse de las siguientes formas:

Ciudad romana de Acinipo / Zona Patrimonial de Otíñar / Virgen del Rosario de la catedral de Málaga / Fiesta de Verdiales
 

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