Período medio de pago de la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio

El Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología del cálculo del período medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del 27 de abril de 2012, crea el concepto del período medio de pago (PMP), como magnitud que pretende expresar en términos económicos y en un solo indicador, tanto el tiempo en que las Administraciones Públicas tardan en hacer sus pagos, como su pendiente de pago acumulado.

El ámbito subjetivo de aplicación previsto en el RD 635/2014, respecto del que es preceptivo calcular el período medio de pago global, es el definido por el artículo 2.1 de la Ley Orgánica 2012, por lo que dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía se entienden comprendidos a estos efectos:

  1. La Administración de la Junta de Andalucía.
  2. Las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, integrantes de su sector público, de conformidad con la delimitación contenida en el artículo 50 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
  3. Los consorcios comprendidos en el ámbito definido por el artículo 12.3 de la Ley 9/2007.
  4. Las Universidades Públicas Andaluzas.
  5. Otras entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, incluidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía de acuerdo con la definición y limitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales aprobado por el Reglamento (CE) 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996.

De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria única del RD 635/2014, en conexión con su artículo 6.2, la Comunidad Autónoma de Andalucía debe publicar mensualmente, a partir del mes de octubre de 2014, la siguiente información, relativa a su período medio de pago a proveedores referido al mes anterior:

  1. Período medio de pago global a proveedores mensual y su serie histórica.
  2. Período medio de pago mensual de cada entidad y su serie histórica.
  3. La ratio mensual de operaciones pagadas de cada entidad y su serie histórica.
  4. La ratio de operaciones pendientes de pago mensual de cada entidad y su serie histórica.

La información se ha de publicar en el portal web de la comunidad autónoma siguiendo criterios homogéneos que permitan garantizar la accesibilidad y transparencia de la misma, para lo que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha facilitado los modelos tipo de publicación, conforme a los cuales se realiza la publicación requerida:

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