Convocatoria para el período 2021-2023 de los incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energías renovables, y la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía

Consejería: Consejería de Industria, Energía y Minas

Organismo: Política Industrial y Energía

Fondo: MRR

Dirigida a: Ciudadanía, Empresas, Asociaciones y Organizaciones, Administraciones

Fecha de inicio: 02/12/2021

Fecha de cierre: 31/12/2023

Descripción de la ayuda:

Convocatoria para el período 2021-2023 de los incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energías renovables, y la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía

Convocatoria para el período 2021-2023 de los incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energías renovables, y la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía.

Serán incentivables:

Tipología de actuación 1- Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energías renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Tipología de actuación 2- Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energías renovables, en otros sectores productivos de la economía con o sin almacenamiento.

Tipología de actuación 3- Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes en energía renovable, ya exisistentes en el sector servicio y otros sectores productivos.

Tipología de actuación 4- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

Tipología de actuación 5- Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

Tipología de actuación 6- Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Puede encontrar más información en este enlace.

Requisitos:  

Residencia Fiscal en España para todo tipo de usuarios.

Empresas y personas físicas que desarrollen actividad económica: Alta en censo Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Comunidad de Propietarios: NIF de la Comunidad

Entidades vinculadas o dependientes del sector público institucional de las administraciones públicas, identificar su condición y declarar su Administración de adscripción por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.

Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en RD 56/2016 de 12 febrero deberán, deberán estar acreditadas cono tal e inscritas en el listado de empresas de servicios energétios que figuran en la página web del Instituto de Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE). Para poder ser beneficiarias, estas empresas deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las actuaciones incentivables, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada en la fase de justificación.

Tramitación: Ir a la página

Normativa

Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.