Ayuda doméstica

15% con un máximo de 250 euros para la persona titular del hogar familiar* de la cantidad satisfecha por cuenta del empleador/a a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada de hogar. 

Requisitos

- Vivienda habitual del empleador/a.

- Que conste en la Tesorería General de la Seguridad Social la afiliación en Andalucía al Sistema Especial del Régimen General de la Seguridad Social de Empleados del Hogar.

- Que los cónyuges o miembros integrantes de la pareja, inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sean madres o padres de hijos que formen parte de la unidad familiar y que ambos perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

En este supuesto, podrá aplicarse la deducción la persona titular del hogar familiar o su cónyuge o pareja de hecho.

- Que los contribuyentes sean madres o padres de familia monoparental y perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

* Se entenderá por titular del hogar familiar el previsto en la normativa reguladora del Sistema Especial del Régimen General de la Seguridad Social de Empleados del Hogar.
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