Criterios vinculantes de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego

Advertencia previa:

De acuerdo con el artículo 55.2.a) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, las Comunidades Autónomas tienen competencia para la contestación de las consultas vinculantes previstas en el artículo 88 de la Ley General Tributaria sobre aspectos relativos a disposiciones dictadas por las mismas en el ejercicio de su competencia.

En este sentido, la normativa tributaria va sufriendo continuas revisiones. Prueba de ello es que, en 2018, se publicó un nuevo Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos que sustituyó al de 2009. Por todo ello, habrá que estar a las leyes vigentes en el momento de publicación de la Consulta.

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