Medidas autonómicas de apoyo financiero y tributario contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).

Nota previa: En este apartado se desglosan las medidas tributarias temporales y extraordinarias establecidas por Andalucía para paliar los efectos de la pandemia derivada del COVID-19

El Boletín Extraordinario número 8 de 17/03/2020 de la Junta de Andalucía publicó el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).  Este Decreto-ley se ha visto modificado y actualizado por:

  • Decreto-ley 5/2020, de 22 de marzo (BOJA extraordinario nº 10 del mismo día). Sin modificaciones tributarias.
  • Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo (BOJA extraordinario nº 12 del mismo día) Sin modificaciones tributarias.
  • Decreto-ley 7/2020, de 1 de abril (BOJA extraordinario nº 13 del mismo día). Sin modificaciones tributarias.
  • Decreto-ley 8/2020, de 8 de abril (BOJA extraordinario nº 14, de 9 de abril). Sus modificaciones tributarias se encuentran en la Disposición Final Primera.
  • Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo (BOJA extraordinario nº 24, de 11 de mayo). Sus modificaciones tributarias se encuentran en la Disposición Final Cuarta.
  • Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo (BOJA nº 27 del mismo día). Sin modificaciones tributarias.
  • Decreto-ley 14/2020, de 26 de mayo (BOJA extraordinario nº 30, de 27 de mayo). Sus modificaciones tributarias se encuentran en la Disposición Final Primera y Tercera.
  • Decreto-ley 17/2020, de 19 de junio (BOJA  nº 39 del mismo día). Modificaciones solo relativas a la vigencia.
  • Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero (BOJA nº 5 del mismo día). Sin modificaciones tributarias.

De igual forma, se han aprobado otras medidas en el ámbito tributario por la Comunidad Autónoma:

  • Decreto-ley 19/2020, de 14 de julio (BOJA extraordinario nº 45, de 14 de julio). Sus medidas tributarias se encuentran en el Capítulo I.
  • Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre (BOJA extraordinario nº 79, de 17 de noviembre).  Sus medidas tributarias se encuentran en el Capítulo II.
  • Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo (BOJA extraordinario nº 25, de 25 de marzo). Sus medidas tributarias se encuentran en el Capítulo IV.
  • Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril (BOJA extraordinario, nº37, de 27 de abril). Solo tiene medidas tributarias.

En el siguiente ENLACE puede consultar el resumen de las principales medidas tributarias adoptadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

NORMAS DE DESARROLLO

- Un artículo 52 bis al Decreto Legislativo 1/2018 (Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos) por el cual se simplifican obligaciones formales en ITPAJD e ISD. En desarrollo del mismo, se ha publicado la Resolución de 20 de marzo de 2020 de la Agencia Tributaria de Andalucía (BOJA, 26 de marzo).

- La simplificación de trámites para Notarios y Notarias establecida en el artículo 52 del mismo TR. En desarrollo de la nueva redacción del mencionado artículo, se ha publicado otra Resolución por parte de la Agencia Tributaria, también de 20 de marzo y publicada en BOJA el día 27.

También se ha publicado la Resolución de 8 de mayo de 2020 de la Agencia Tributaria de Andalucía (BOJA extraordinario nº 24, de 11 de mayo) por la que se aprueba una actuación administrativa automatizada en el ámbito de los procedimientos de aplazamiento y fraccionamiento de pago, al amparo de lo establecido en la Instrucción 1/2020.

NORMAS ESTATALES

Por su parte, la AEAT ha publicado un apartado específico en su web con información tributaria relativa a normas estatales (con incidencia autonómica destacan el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, al Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo y al Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril). Aunque es materia estatal, se enlaza porque distintas cuestiones pueden afectar a procedimientos tributarios sustanciados en Andalucía, sobre todo en lo relativo a plazos, atención a requerimientos, notificaciones, etc. Dicho documento se puede consultar AQUÍ.

INFORMACIÓN INTEGRADA

Para información general sobre todas las medidas tributarias, puede pinchar AQUÍ para acceder a la documentación elaborada por la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego.

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