Retrocesión de bienes inmuebles cedidos por la TGSS a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Título formal:

Retrocesión de bienes inmuebles cedidos por la TGSS a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Código:
25347
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Administraciones
Fecha de creación:
22/04/2024

Descripción

Este procedimiento tiene por objeto regular la reversión a la Tesorería General de la Seguridad Social de bienes que se hallan en posesión de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que ya no se dedican al destino para el que fueron cedidos por el órgano estatal.

Aun no destinando el inmueble al uso para el que se cedió, se puede pedir autorización al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la TGSS, para destinarlo a otro uso y así no tener que devolverlo (art. 104.4 del Texto Refundido de la Ley de la Seguridad Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 8 2015, de 30 de octubre.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la materia

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

BAJA DE BIENES Y DERECHOS EN EL PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCIA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/459580.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Patrimonio, cuya dirección es C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n, 5ª planta - Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja (41092 - Sevilla) y cuyo correo electrónico es director.dgp.cehyfe@juntadeandalucia.es.

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.cehyfe@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los expedientes de enajenación, cesión y autorización temporal de uso, concesión administrativa, reversión, retrocesión y arrendamiento de bienes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos. Todo ello de acuerdo con lo indicado en la normativa específica de regulación (Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía). 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a otros órganos de la misma Administración, a los Registros de la Propiedad, al Catastro o a otras administraciones públicas, además de las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social, entre otras).

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar posibles responsabilidades que pudiera derivar de la finalidad del tratamiento de datos conforme a normativa aplicable. Del mismo modo, se tendrán en cuenta los periodos establecidos en la normativa vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía.

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Las categorías de datos personales tratados son de carácter identificativo y bancarios, que se han obtenido de registros públicos como el Registro de la Propiedad o el Catastro. 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 22/04/2024
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