Subvención nominativa a la Confederación de Empresarios de Andalucía para promoción económica general durante el año 2024

Información general

Título formal:

Subvención nominativa a la CEA para el año 2024

Código:
25646
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
07/06/2024

Descripción

Subvención nominativa a la CEA para el desarrollo de actividades de promoción ecoómica general que contribuyan a alcanzar los objetivos fijados en el programa presupuestario 61B de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Requisitos

Sólo para la entidad designada como beneficiaria en la Ley de Presupuestos (en este caso, la CEA):

Tener capacidad jurídica y de obrar.

Que no concurran en ella las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el apartado 5 del artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; y en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.

Cumplir con las obligaciones previstas en la Ley General de Subvenciones.

Documentación

La CEA deberá aportar la documentación correspondiente para la concesión y justificación de la subvención de acuerdo con la normativa de subvenciones.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • 01/01/2024 - 31/03/2025 (Subvención nominativa)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Última actualización: 07/06/2024
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