Fomento de infraestructuras deportivas para entidades locales de Andalucía (ID)

Información general

Título formal:

Fomento de infraestructuras deportivas para entidades locales de Andalucía (ID)

Código:
19114
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
26/09/2019

Descripción

Se convoca, para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 11 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID). (BOJA núm. 39, de 26 de febrero de 2020). Esta línea de ayudas tiene la finalidad de fomentar la reforma o reparación de instalaciones deportivas existentes que garanticen el acceso de la ciudadanía a la práctica deportiva, así como el mantenimiento y viabilidad de las referidas instalaciones.

Concretamente para este convocatoria serán subvencionables las siguientes tipologías de instalaciones deportivas:

  • Campos de futbol. En el caso de que se proponga la instalación o sustitución de césped artificial, el material de relleno granular utilizado NO podrán ser microplásticos.
  • Pistas polideportivas exteriores.
  • Salas cubiertas.
  • Pabellones cubiertos.
  • Pistas de atletismo.
  • Piscinas al aire libre.
  • Pistas de pádel.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Orden de 11 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID).

Apartado 4 del Cuadro Resumen.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

Municipios u Organismos Autónomos o Agencias Públicas Administrativas Locales, en los que la entidad tenga delegada sus competencias, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y Entidades Locales Autónomas, de acuerdo para éstas últimas con lo dispuesto en el instrumento de creación o en sus posteriores modificaciones, a través de sus respectivos órganos de gobierno y administración.

Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

  • Existencia de crédito presupuestario suficiente, procedente de fuentes propias o ajenas, para hacer frente al importe no subvencionado por esta Consejería de la inversión subvencionable.
  • Poseer la titularidad efectiva y/o disponibilidad de las instalaciones a las que se refiera la subvención en el momento de la solicitud de la misma.

Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:

  • Respecto al requisito de existencia de crédito presupuestario suficiente, desde el momento de presentación de la solicitud y hasta la finalización del plazo de justificación de la subvención.
  • Respecto al requisito de poseer la titularidad efectiva y/o disponibilidad de las instalaciones, durante un plazo de 10 años desde el momento de presentación de la solicitud.

 

Documentación

Orden de 11 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID).

Apartado 15 del Cuadro Resumen.

Documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos:
a) Certificación acreditativa de la persona titular de la Secretaría, Secretaría-Intervención de la Entidad de la condición del Alcalde o Alcaldesa, o persona que ostente la titularidad de la entidad, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En este último caso deberá aportar también acreditación de la representación que ostenta, y de que dicha delegación sigue vigente a la fecha de la solicitud.

b) Certificado de la persona titular de la Intervención,Secretaría-Intervención de la entidad solicitante, según modelo que se propone en la página web de la Consejería, que acredite:
     b.1. La existencia de consignación presupuestaria del ejercicio corriente y/o compromisos de ejercicios futuros.
     b.2.La titularidad y el número (con expresión de los veinticuatro dígitos) de la cuenta de la entidad solicitante, consignado en    el Anexo II.

c) Certificado de la persona titular de la Secretaría, Secretaría-Intervención de la Entidad solicitante,
según modelo que se propone en la página web de la Consejería, que acredite los siguientes términos:
     c.1.Que la entidad no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en las presentes bases reguladoras.
     c.2.Que la entidad solicitante posee la titularidad y/o disponibilidad de la instalación en el momento de solicitud de la misma. Asimismo, debe acreditarse que la disponibilidad será por un periodo suficiente para garantizar la afección al uso deportivo público de la instalación por un periodo mínimo de 10 años, de acuerdo con el apartado 23.b.3º f) del presente.
     c.3. Que la instalación a la que se refiere la subvención está inscrita en el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.
     c.4. Que la instalación deportiva objeto de la subvención, está exenta de lo estipulado en los artículos 17 y siguientes de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (Responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación).

d)Informe suscrito por técnico competente en la materia que acredite:
     d.1. Que la instalación se ajusta a la normativa urbanística vigente.
     d.2. Que la instalación deportiva a la que va destinada la subvención cumple, tras la reforma o reparación, lo regulado en las Normas de Instalaciones Deportivas y de Esparcimiento (NIDE) del Consejo Superior de Deportes, en los aspectos que le sean de aplicación respecto al espacio deportivo.
     d.3. Que las actuaciones de obra contemplan que la instalación deportiva a la que se refiere queden aptas para su utilización.

e)Declaración del plazo total previsto para la realización de la actividad subvencionada, con un máximo de 18 meses, suscrito por el representante legal de la Entidad, según modelo que se propone en la página web de la Consejería. Dicho plazo máximo de 18 meses incluye los plazos para las siguientes actuaciones:
     e.1. redacción y presentación del proyecto
     e.2. contratación e inicio de la obra
     e.3. ejecución de la obra
*El plazo total previsto para la realización de la actividad subvencionada, en todo caso, deberá ser mayor al plazo de ejecución de las obras.

f)Documento técnico, suscrito por la persona técnica competente, que incorpore:

  • Memoria técnica de la actuación de obra.
  • Planimetría suficiente que defina gráficamente tanto el emplazamiento de la intervención como las características generales de la obra mediante planos de planta, alzados y secciones. Los planos estarán necesariamente a escala y acotados, para justificar el cumplimiento de las Normas NIDE del espacio deportivo.
  • Plazo de Ejecución de las Obras.
  • Presupuesto total de licitación de las obras, resultante de aplicarle al Presupuesto de Ejecución Material, los porcentajes de Gastos Generales, Beneficio Industrial y el IVA correspondiente.

Documentación acreditativa necesaria y/o complementaria a efectos de la justificación del cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en el apartado 12.a) de este Cuadro Resumen. En particular, y entre otra documentación, deberá aportar:


a) Certificado de la persona titular de la Secretaría, Secretaría-Intervención de la entidad solicitante, según modelo que se propone en la página web de la Consejería, que acredite los siguientes términos:
     a.1 Subvenciones recibidas por la entidad solicitante de la Consejería competente en materia de Deporte para la construcción o reforma de instalaciones deportivas, señalando en su caso, fecha de concesión de las mismas.
     a.2 Número de habitantes del municipio donde se va a realizar la actividad, referido al padrón municipal del año anterior a la convocatoria.
     a.3 Antigüedad de la instalación deportiva en número de años.
    a.4 Aprobación del Plan Local de Instalaciones y Equipamientos Deportivos conforme al Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivos de Andalucía 2017-2027.

b) Informe suscrito por técnico competente en la materia, sobre empleos al inicio de la actividad y empleos estables que prevé alcanzar y/o mantener a la finalización de la inversión, en relación al proyecto subvencionado. Dicha circunstancia, se acreditará en la justificación de la subvención recibida, en caso de incumplimiento le será de aplicación lo establecido en el artículo 27.

c) Informe suscrito por técnico competente en la materia, acreditativo de que el proyecto/actividad contiene al menos una acción que incrementarán el uso por personas con discapacidad, reduciendo barreras y posibilitando la realización de la actividad deportiva subvencionada.

d) Informe suscrito por técnico competente en la materia, sobre las medidas llevadas a cabo por la entidad solicitante en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres o informe de evaluación previa de impacto de género, en relación al proyecto subvencionado, en el que se tendrá en cuenta:

  • La participación de mujeres y hombres en el cumplimiento de los objetivos, proyectos y compromisos contenidos en la subvención.
  • Actividades dirigidas a prevenir la violencia y desarrollar actividades igualitarias
  • Número de mujeres y hombres en los equipos promotores y desarrolladores de la actividades
  • Número de participantes por actividad y por sexo.
  • Resultados esperados en el avance de la igualdad de género respecto a participación, ruptura de roles y estereotipos y cambios en la forma de gestionar las actividades (desagregar datos por sexo, utilizar un lenguaje inclusivo de ambos sexos...).


e)Informe suscrito por técnico competente en la materia, sobre medidas complementarias a las exigidas en la normativa de protección medioambiental aplicable al propio proyecto/actividad objeto de la subvención que contribuyan a la reducción del impacto medioambiental.

*La verificación del incremento del paro registrado en el municipio se realizará por el órgano instructor mediante la consulta en las páginas web de los servicios públicos de empleo.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • 05/04/2024 00:00 horas - 18/04/2024 23:59 horas ((Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.))

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. A partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:  https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/180571.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 08/04/2024 MODELOS CERTIFICADOS CONVOCATORIA ID 2024

  • 08/04/2024 INFOGRAFÍA CONVOCATORIA ID 2024

  • 08/04/2024 PLAN ANUAL DE ACTUACIÓN DE 2024 PARA COMPROBAR LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS

  • 08/04/2024 RESOLUCIÓN NOMBRAMIENTO COMISIÓN EVALUACIÓN

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  • 15/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 04/04/2024 PLAN ANUAL DE ACTUACIÓN DE 2024 PARA COMPROBAR LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS

  • 04/04/2024 MODELOS CERTIFICADOS CONVOCATORIA ID 2024

  • 04/04/2024 INFOGRAFÍA CONVOCATORIA ID 2024

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  • Última actualización: 18/04/2024
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