Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas no laborales en empresas en Andalucía.
Información general
Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas no laborales en empresas en Andalucía.
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Los incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de prácticas no laborales tienen por objeto fomentar la creación de empleo estable y de calidad de las personas que han realizado prácticas no laborales en centros de trabajo de Andalucía, en el marco del Programa de Experiencias profesionales para el Empleo, gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo II. Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas no laborales en empresas en Andalucía. (Alegaciones, Aceptación, Reformulación y Presentación de documentos) Nº: 003379/A02W (Obligatorio)
- Anexo I. Solicitud de Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas no laborales en empresas en Andalucía. Nº: 003379W (Obligatorio)
- Anexo III. Derecho de oposición. Personas trabajadoras por las que se solicita el incentivo. Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas no laborales en empresas en Andalucía. Nº: 003379/A03W (Obligatorio)
Requisitos
.- Podrán solicitar las subvenciones las siguientes personas o entidades:
Las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades sin ánimo de lucro privadas, así como otras entidades de carácter privado, que hayan suscrito un Convenio con el Servicio Andaluz de Empleo, para que en sus centros de trabajo se desarrollen prácticas profesionales no laborales en Andalucía en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, regulado mediante la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se desarrolla el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, de prácticas no laborales en empresas, establecido en el Decreto 85/2003 de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía, o en su caso, norma que la sustituya.
No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estos incentivos las administraciones públicas, las corporaciones de derecho público, las entidades y empresas pertenecientes al sector público, incluyéndose a aquellas entidades o empresas en las que el poder de control o dirección o de designación de la mayoría de los componentes de sus órganos de gobierno sea ostentado por la administración pública, o que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de las Administraciones públicas, sus organismos públicos o demás entidades del sector público, o que su patrimonio esté formado en más de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.
.- Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
1. En relación con la persona o entidad solicitante:
La persona o entidad solicitante debe haber suscrito un Convenio con el Servicio Andaluz de Empleo para la realización de las prácticas profesionales no laborales en su centro de trabajo en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo.
2. En relación con la contratación a incentivar:
a) El contrato laboral deberá formalizarse con carácter indefinido, a jornada completa, en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) La persona a contratar deberá estar desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo.
c) El contrato laboral indefinido deberá formalizarse con las personas que hayan completado y finalizado las prácticas profesionales no laborales, en un centro de trabajo de la entidad solicitante, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo.
A estos efectos, se considerará que una práctica profesional ha sido completada y finalizada cuando la persona participante haya asistido, al menos, el 85% de la duración total de la misma, o bien, sea contratada y haya asistido, al menos, el 15% del tiempo total de la práctica, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 12 de mayo de 2018, o en su caso norma que la sustituya.
d) La contratación deberá formalizarse en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización de las practicas profesionales no laborales. No obstante, de forma excepcional, la correspondiente convocatoria podrá ampliar este plazo máximo.
e) Comunicar la contratación laboral de forma telemática mediante el aplicativo Contrat@ o Gescontrat@, salvo que la persona trabajadora contratada sea una mujer víctima de violencia de género.
3. El Servicio Andaluz de Empleo comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados 1 y 2, para lo cual realizará las actuaciones pertinentes. Asimismo, comprobará de oficio la situación de alta en la Seguridad Social de la persona contratada, a efectos del seguimiento y control de las contrataciones realizadas.
4. Quedan excluidas las contrataciones de aquellas personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los seis meses anteriores al inicio del contrato, con la misma persona o entidad solicitante
Documentación
Salvo que se hubiera aportado con la solicitud Anexo I, o de manifestarse en la misma la oposición expresa para la consulta telemática por el órgano gestor de los documentos elaborados por la Administración, documentos aportados anteriormente por la persona interesada o datos obrantes en la misma necesarios para la comprobación de los datos y requisitos consignados en la solicitud, el formulario Anexo II se deberá presentar acompañado de la siguiente documentación:
a) DNI o NIF de la persona o entidad solicitante y, en su caso, escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente.
b) Documento o poder acreditativo de representación y NIF/NIE de quién ostente la representación.
En el supuesto de que la representación se ejerza de forma mancomunada deberán aportar autorización para la presentación de la solicitud de todas las personas que la ejerzan mancomunadamente.
c)Comunicación del contrato de trabajo a través de Contrat@ o Gescontrat@.
d) Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria consignada en la solicitud.
e) Autorización de la persona contratada para la consulta telemática de informe de Vida Laboral por parte del Servicio Andaluz de Empleo.
2. La presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Consejería competente en materia de Hacienda.
3. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Andaluz de Empleo podrá requerir en todo momento la documentación que se considere necesaria para acreditar los datos consignados en la solicitud respecto de los requisitos y declaraciones responsables. Los documentos que se aporten serán copias auténticas o autenticadas.
Plazo de Inicio
- 22/07/2021 00:00 horas - 31/12/2021 23:59 horas (El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral de la persona trabajadora contratada. No obstante, para aquellas contrataciones realizadas desde el día 1 de enero de 2021 y hasta la entrada en vigor de la resolución por la que se efectúa la convocatoria, el plazo para la presentación de estas solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
Normativa
- Extracto de la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2021 de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la creación de empleo indefinido de las personas que hayan realizado prácticas no laborales en empresas de Andalucía, reguladas en la Orden de 14 de enero de 2021.
- Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2021, de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la creación de empleo indefinido de las personas que hayan realizado prácticas no laborales en empresas de Andalucía, reguladas en la Orden de 14 de enero de 2021.
- Orden de 14 de enero de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la creación de empleo indefinido de las personas que hayan realizado prácticas no laborales en empresas de Andalucía, y se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
- Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial (Cód.: A01010300).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
2021
07/07/2021. Autorización para la consulta de la vida laboral de la persona trabajadora07/07/2021. Anexo III de derecho de oposición de la persona trabajadora a la consulta de vida laboral
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
SAE-Gestión y Tramitación de Ayudas y Subvenciones https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/170033.html
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Políticas Activas de Empleo cuya dirección es c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 y cuyo correo electrónico es dgpae.sae@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Leonardo da Vinci, 19 B 41092 o en el correo electrónico dpd.sae.cefta@juntadeandalucia.es
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de los datos de carácter personal para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de empleo y su justificación.
La base jurídica del tratamiento es la Orden de 14 de enero de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la creación de empleo indefinido de las personas que hayan realizado prácticas no laborales en empresas de Andalucía, y se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración del Estado, Administración Local, Órganos Judiciales y Administración Autonómica. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
22/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
22/07/2021 Se ha suprimido el plazo de solicitud.