BECAS 2021-2022 Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio convoca cinco becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2021-2022. Con el objetivo de aportar a las personas con titulación universitaria una experiencia técnica y laboral que facilite la posterior incorporación al mercado laboral, promoviendo formación especializada.

Características de la beca

- Número de becas: 5

- Duración: 12 meses

- Cuantía Bruta de la dotación de cada beca: 16.200 Euros

- Centro directivo de adscripción: Secretaría General de Vivienda

  • 1 beca en la Coordinación de la Secretaría General de Vivienda
  • 1 beca en el Servicio de Arquitectura
  • 1 beca en el Servicio de Vivienda Protegida
  • 1 beca en el Servicio de Rehabilitación
  • 1 beca en el Área de Estudios e Investigación

Requisitos de las personas solicitantes

- Uno de los siguientes supuestos: Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tener empadronamiento en este territorio, o encontrarse en las situaciones previstas en el art. 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

- No haber cumplido 36 años a la fecha de publicación de la convocatoria. Consultar excepciones a tener en cuenta en dicha convocatoria.

- Estar en posesión de la titulación exigida: Licenciatura, Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado en Arquitectura. Esta titulación debe haberse obtenido en los siete años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

- Conocimiento de idiomas: Inglés o francés (a partir de nivel intermedio o B1).

- No ser o haber sido beneficiaria de una beca de formación en los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda.

Todo ello según lo dispuesto en la Orden de 8 de marzo de 2018 (Bases Reguladoras).

Plazo de solicitud

Será de 20 días a partir del día siguiente a la publicación del Extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  • Fecha inicio del plazo: 17 de mayo de 2021 (inclusive)
  • Fecha fin del plazo: 14 de junio de 2021 (inclusive)

 En el cómputo del plazo de solicitud sólo se han tenido en cuenta los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Normativa

Bases reguladoras:

Convocatoria:

Presentación de solicitudes

Se presentará el Anexo I publicado en la presente convocatoria dirigido a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda, una única solicitud para las cinco becas convocadas.

- Los trámites se realizarán, preferentemente, de forma telemática siguiendo las instrucciones disponibles en: Cómo realizar el trámite.

- En el caso fortuito de que el enlace anterior no estuvieran disponibles, puede utilizar como medio telemático alternativo la Presentación Electrónica General.

- En caso de no poder realizar los trámites de manera telemática, se podrán realizar presencialmente en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Entre ellos: los registros de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y sus Delegaciones Territoriales.

Requerimiento de Subsanación

Con fecha 28 de junio de 2021 se publica Requerimiento de subsanación conjunta y Listado de las solicitudes indicando los apartados que deben ser subsanados por no reunir los requisitos exigidos o por deficiencias observadas:

El plazo para subsanar será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este requerimiento en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, donde así mismo se irá publicando toda la información relativa al procedimiento.

Las subsanaciones podrán presentarse a través de este enlace de manera telemática, así como en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Aquellas personas que tengan que subsanar deberán cumplimentar y firmar de nuevo la solicitud (Anexo I) subsanando las deficiencias observadas.

Desistimiento de varias solicitudes

Con fecha 13 de julio de 2021 se publica Resolución de la Secretaría General de Vivienda, por la que se declara el desistimiento de varias solicitudes, al amparo de la Orden de 8 de marzo de 2018 (Bases Reguladoras):

Listado de personas solicitantes admitidas, lugar y fecha de entrevistas

Con fecha 13 de julio de 2021 se publica Acuerdo de la Secretaría General de Vivienda con el listado de las solicitudes admitidas en el procedimiento de concesión para las becas convocadas mediante la Resolución de 4 de mayo de 2021, así como el lugar y la fecha para la entrevista personal:

Propuesta Provisional de Resolución

Con fecha de 22 de julio de 2021 se ha publicado la Propuesta Provisional de Resolución para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para 2021-2022.

Presentación de Formulario Alegaciones / Aceptación - Anexo II

El plazo de presentación del Anexo II - Formulario de Alegaciones / Aceptación / Reformulación y Presentación de Documentos, junto a la documentación acreditativa de los requisitos y méritos, será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Propuesta Provisional de Resolución (del 23/07/21 al 05/08/21, ambos inclusive).

  • Los trámites se realizarán, preferentemente, de forma telemática siguiendo el mismo procedimiento que en la solicitud: Cómo realizar el trámite.
  • En el caso de que el enlace anterior no estuviera disponible, puede utilizar el siguiente medio telemático alternativo: Presentación Electrónica General.
  • En caso de no poder realizar los trámites de manera telemática, se podrán realizar presencialmente en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Entre ellos: los registros de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y sus Delegaciones Territoriales.

Resolución de la convocatoria de becas

Con fecha de 24 de septiembre de 2021, se publica la Resolución de la Secretaría General de Vivienda por la que se conceden becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda correspondientes a la convocatoria para 2021-2022:

Modificación de la resolución

Con fecha 28 de octubre de 2021 se ha publicado la Resolución de la Secretaría General de Vivienda, por la que se modifica parcialmente la relación de personas adjudicatarias y suplentes establecidas en la Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se conceden cinco becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2021-2022.

Más información

Convocatorias anteriores de Becas en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda:

Áreas de actividad relacionadas de la Secretaría General de Vivienda:

Se puede solicitar más información en: cooperacion.cfiot@juntadeandalucia.es

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