Subvenciones para la redacción de Planes Especiales de adecuación ambiental y territorial de edificaciones irregulares

Mediante Orden de 25 de enero de 2023 (BOJA núm. 30 de 14 de febrero de 2023), la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha aprobado la Convocatoria para el ejercicio 2023 de las ayudas previstas en la Orden de 16 de mayo (BOJA núm. 96 de 23 de mayo de 2022) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en concurrencia competitiva, destinadas a la redacción de planes especiales de adecuación ambiental y territorial de agrupaciones de edificaciones irregulares.

Los planes especiales de adecuación ambiental y territorial de agrupaciones de edificaciones irregulares tienen por objeto identificar y delimitar agrupaciones de edificaciones irregulares en suelo urbano y rústico (antiguos suelos urbanizable y no urbanizable) y adoptar las medidas pertinentes para el establecimiento de las infraestructuras comunes para la prestación de los servicios básicos para garantizar las condiciones de mínimas de seguridad y salubridad de la población, mejorar la calidad ambiental e integrar territorial y paisajísticamente dichas agrupaciones.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Las ayudas van dirigidas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en cuyo término municipal se ubican las agrupaciones de edificaciones irregulares, así como a las asociaciones de propietarios y propietarias de estos ámbitos, formalmente constituidas.

Importe de las ayudas

El importe total de esta convocatoria es de 600.000 euros y cada subvención tendrá una cuantía máxima de 10.000 euros. Se destinarán a subvencionar los costes directamente relacionados con la elaboración de los planes especiales, entre los gastos subvencionables se podrán incluir los destinados a la realización de estudios, diagnósticos, difusión y demás trabajos directamente relacionados con la actividad objeto de la subvención.

Forma y secuencia del pago

El pago de las ayudas se realizará previa justificación en dos pagos del 50%: el primero tras la aprobación inicial y el segundo tras la aprobación definitiva. Según el apartado 24.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras se deberá contar con el Informe favorable de la Delegación Territorial correspondiente de la actual Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda tras la aprobación inicial del plan especial, como requisito previo a la previo a la propuesta del segundo pago.

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el solicitante haya indicado en el Anexo II, formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos, de la que será titular la entidad beneficiaria.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del Extracto de la Orden de Convocatoria (desde el 15/02/2023 a las 00:00h al 14/04/2023 a las 23:59h).

Presentación de solicitudes

Se presentará el Anexo I (solicitud) dirigido a la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana y deberá cumplimentarse exclusivamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24765.html

Normativa

Contacto

Para cualquier duda o consulta diríjanse a la siguiente dirección de correo electrónico:

subv.spu.dgotuau.cfatv@juntadeandalucia.es

 

 

 

 

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