FAQ: Preguntas Frecuentes Convocatoria Bono Alquiler Joven en Andalucía

Tengo un mensaje con el crédito asignado desde hace unos meses, ¿corro riesgo de perder la ayuda debido al tiempo transcurrido desde que la solicité? ¿Qué significa "reserva inicial de crédito"?

Ese mensaje indica que hay crédito asignado y disponible para esa solicitud, por lo que si se cumplen los requisitos para el reconocimiento de la ayuda no hay ningún riesgo de perderla.

¿Qué significa si salgo en los listados de propuestas definitivas favorables?

Significa que su expediente es favorable. Una vez fiscalizado se dictará la resolución definitiva.

¿Cuál es el tanto por ciento aplicable en el caso de pisos compartidos por solicitantes que no son de la misma unidad familiar?

Estaríamos en un caso de contrato tipo 4. El porcentaje aplicable es el indicado en el contrato. Para el caso de que no esté detallado en el mismo, al presentar su solicitud el interesado lo ha tenido que detallar y adjuntar el Anexo I BIS firmado por las demás personas que residen en esa vivienda ratificando los porcentajes indicados en su solicitud, tal como se indican en el manual del bono alquiler joven de la web. En el siguiente enlace.

¿Qué quiere decir que el expediente está en tramitación?

Si todavía no se ha notificado ninguna resolución, significa que tiene crédito asignado y que se está gestionando. A medida que avance la tramitación de su expediente irá cambiando el estado.

¿Cuándo sé que tengo reconocido el bono alquiler joven?

Cuando le notifiquen la resolución definitiva de concesión de la ayuda. 

¿Por qué ha cobrado la ayuda una persona que ha solicitado la ayuda después que yo? ¿No era por régimen de concurrencia competitiva? 

Las ayudas del Bono Alquiler Joven se corresponden con la modalidad de concurrencia no competitiva. En este sentido, se ha reservado crédito por orden de presentación de las solicitudes. Es cierto que puede darse la situación que se describe, pero depende de muchos factores. Por ejemplo, que una persona que haya solicitado con posterioridad a otra cumpla con todos los requisitos y se haya resuelto directamente su solicitud, sin necesidad de requerirle nada, y haya aportado los justificantes de las mensualidades incluso antes de que se resolviera la ayuda. 

¿En cuántos pagos se ingresa el bono alquiler joven? 

No hay una cadencia prevista, por lo que los abonos se irán materializando conforme se aporte, analice y fiscalice la documentación justificativa. 

¿Cómo se paga el bono alquiler joven?

Como regla general, se paga a meses ya justificados. Si en el momento de resolver su solicitud ha aportado todos los recibos de los meses vencidos, se podrán pagar todas esas mensualidades.

¿Qué documentación tengo que aportar junto con los anexos III si lo hago en varias veces? ¿Sólo tengo que aportar recibos nuevos que no haya subido antes?

Con el Anexo III sólo se tienen que aportar los justificantes nuevos, los ya entregados no se tienen que volver a presentar. En el siguiente enlace.

¿Cómo se suben los justificantes de pago del alquiler?

En la web tiene el manual en el que se explica este proceso. En el siguiente enlace.

¿Puedo recibir mi resolución de bono alquiler joven y posteriormente los pagos de esta ayuda o son simultáneos?

Primero tiene que recibir la resolución favorable. Una vez resuelta favorablemente y notificada se empezarán a realizar los pagos en función de la documentación justificativa entregada, y una vez haya sido analizada y fiscalizada.

¿Cuánto se tarda en cobrar la ayuda desde la notificación de la resolución que la concede? 

No hay un plazo establecido. Se recomienda que se aporten los justificantes a medida que los tengan. De esta forma una vez que se resuelva su ayuda, se podrán pagar todos los meses ya justificados. 

Para que me paguen la ayuda, ¿tengo que subir todos los justificantes de haber pagado el alquiler?

Una vez se resuelva la solicitud se podrán pagar todos los meses de los que se hayan aportado los justificantes. En el siguiente enlace se encuentra el manual de cómo subir los justificantes. 

¿Cuándo tengo que subir los recibos a la aplicación?

Depende del caso. Si se hubieran pagado sin justificación previa: 

 - Caso que se hayan abonado mensualidades por anticipado: antes del día 15 del mes siguiente a la última mensualidad del periodo abonado. 
 - Caso que se hayan abonado mensualidades vencidas sin justificación previa: en los 15 días desde su abono al solicitante. 
 - Transcurrido un mes desde estas fechas sin aportar los justificantes, implica el reintegro. 
 - La justificación final se realizará en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del último mes natural objeto de la subvención. 
 - Si no se justifican en plazo se iniciaría el trámite de reintegro. 

Caso que se hayan pagado los meses ya justificados, los justificantes se pueden subir mes a mes. 

¿Puede haber diferencias entre el dinero justificado por los recibos y la cuantía abonada al solicitante de la ayuda? 

Sí. Por ejemplo, puede que tenga que justificar una renta de 400 euros en base a su contrato, pero  la cuantía abonada sería el máximo de 250 euros. También pueden coincidir sólo para el caso que no se llegue al máximo previsto de la ayuda. Por ejemplo, que tenga que pagar 180 euros y la ayuda concedida sea 180 euros. 

¿Cómo puedo cambiar el número de cuenta corriente para que me sigan abonando el bono alquiler joven?

Presentando el Anexo I Modificación. Al ser una cuenta bancaria tendrá que actualizarla en el Registro de cuentas de terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, y señalarla como cuenta vigente. 

Se adjunta enlaces de la web de los dos manuales que contemplan este caso: 

- Manual 1

Manual 2
 

Me han notificado una propuesta provisional favorable, esto ¿qué significa?

Esto quiere decir que viendo su solicitud, y tras revisar su documentación, se va a resolver por un importe inferior al solicitado. Los motivos pueden ser varios; que el periodo subvencionable no esté bien en la solicitud, que la renta no esté bien reflejada, etc.

Si me notifican una propuesta provisional favorable, ¿tengo que hacer algo si estoy conforme?

No es necesario. Ahora bien, si quiere agilizar el trámite, puede presentar el Anexo II de alegaciones y en el texto libre indique que está conforme con lo que le proponen.

El manual está en el siguiente enlace:

Si me notifican una propuesta provisional favorable, ¿tengo que hacer algo si no estoy conforme?

Sí, tendría que rellenar el Anexo II de Alegaciones y, si es necesario, adjuntar la documentación que estime oportuna y que sirva para justificar los motivos que alega.

El manual está en el siguiente enlace:

Me han notificado una propuesta provisional desestimatoria, ¿esto significa que he perdido la ayuda?

No, significa que provisionalmente no se le ha concedido. En este momento podrá presentar sus alegaciones mediante Anexo II a través de Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía. Una vez analizadas sus alegaciones, si se estiman, se resolverá favorablemente su solicitud. 

El manual está en el siguiente enlace:

Si me mudo a otra provincia andaluza, ¿qué tengo que hacer?

Tiene que comunicarlo a la Delegación Territorial que ha resuelto su expediente en un plazo máximo de 15 días. Para ello tiene que presentar un Anexo I de modificación a través de la opción de "aportación voluntaria", indicando que cambia de domicilio a otra provincia.

Si me mudo a otra provincia andaluza, ¿pierdo la ayuda ya concedida?

No pierde la ayuda concedida. La Delegación Territorial que le ha concedido la ayuda le pagará hasta el último mes completo que cumplió los requisitos. La Delegación Territorial a la que usted cambia su residencia resolverá si cumple con los requisitos, siempre que se disponga de crédito suficiente en la misma.

 

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