Criterios objetivos de valoración para la mejora de la accesibilidad en viviendas

Al otorgarse las ayudas por concurrencia competitiva, se establecen unos criterios para evaluar las solicitudes presentadas y que sean concedidas a aquellas con mayor puntuación.

Estos criterios son relativos a las siguientes situaciones:

  • Criterios relacionados con la finalidad y características de las actuaciones para la mejora de la accesibilidad que se pretenden realizar en la vivienda. Se valora con hasta 60 puntos, según se contemplen alguna o varias da las actuaciones incluidas en la siguiente tabla:
Tipo de actuación Puntos
Intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en los espacios del interior de la vivienda. 30 puntos
En el caso de viviendas unifamiliares, instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas u otros dispositivos de accesibilidad que faciliten la autonomía de personas con movilidad reducida. 20 puntos
Instalación de elementos de información, de comunicación o de aviso tales como señales luminosas y visuales, vibrotáctiles o sonoras que permitan la orientación en el uso interior de la vivienda. En particular la instalación de elementos que mejoren la accesibilidad y seguridad en el uso de los ascensores, tales como la comunicación bidireccional en cabina o la instalación de bucle magnético en los mismos. 5 puntos
Instalación de productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en la vivienda, como los bucles magnéticos; instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre la vivienda y el exterior, tales como videoporteros que proporcionan información visual y auditiva y análogos; instalación domótica y de otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores o con discapacidad. 5 puntos
  • Criterios relativos a la situación socio-económica de las personas residentes en la vivienda. Se valora con hasta 25 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
 Situaciones específicas de la unidad de convivencia Puntos
Ingresos de la unidad de convivencia residente en la vivienda inferiores a 2,5 veces el IPREM. 15 puntos
Vivienda en la que resida alguna persona con grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 33% o mayor de 65 años. 7 puntos
Vivienda en la que resida con grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 40% y movilidad reducida. 3 puntos
  • Criterios relativos a las características de la vivienda. Se valorarán con hasta 15 puntos, según el siguiente desglose:
Características del edificio Puntos

Vivienda finalizada antes de 1981.

10 puntos
Vivienda finalizada entre 1981 y antes de 2006. 5 puntos
Vivienda ubicada en edificio declarado Bien de Interés Cultural, catalogado o que cuenten con algún nivel de protección en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente. 5 puntos


 

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