Mejora de la accesibilidad en viviendas. Inicio de obras
Antes del inicio de las obras correspondientes a la subvención concedida, las personas beneficiarias deberán:
- Solicitar la licencia de obras o autorización administrativa de que se trate, si no lo hubieran hecho con anterioridad, en el plazo máximo de 1 mes desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Asimismo, deberán aportar a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la provincia donde se encuentre la vivienda a rehabilitar:
- Copia compulsada de la solicitud de licencia de obras o autorización en el plazo de 7 días hábiles desde su presentación.
- Copia compulsada de la concesión de la licencia de obras o autorización en un plazo máximo de 15 días desde su notificación. En los supuestos en que la concesión de la licencia municipal, o autorización administrativa de que se trate, se demore y no sea concedida en el plazo de 12 meses desde su solicitud, los plazos de inicio y finalización de la ejecución podrán incrementarse en el plazo de la demora y hasta 12 meses como máximo.
- Documentación acreditativa del inicio de las obras. En caso de obras dentro del ámbito de aplicación de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, el certificado de inicio de obra. Las obras deberán iniciarse en un plazo máximo de 6 meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión de las subvenciones.
En el siguiente cuadro se resume lo anteriormente indicado:
Entre las obligaciones de las personas beneficiarias se encuentra la de dar publicidad específica de las subvenciones percibidas en los términos y condiciones establecidos en la normativa sobre transparencia, así como mediante la colocación del correspondiente distintivo. Para ello se ha elaborado un modelo de cartel indicativo de las obras que se van a llevar a cabo durante el transcurso de las mismas, el cual deberá colocarse de manera visible junto a la puerta de la vivienda en caso de vivienda en edificio plurifamiliar, o junto al acceso desde la vía pública en el caso de vivienda unifamiliar, de conformidad con los criterios indicados en el documento Instrucciones sobre la instalación de carteles temporales en actuaciones financiadas por la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía.