Ayudas al alquiler de vivienda habitual: ¿Quiénes tienen preferencia?

Tienen preferencia las solicitudes que correspondan a unidades de convivencia de mayor puntuación sumando los puntos obtenidos por los siguientes conceptos:

  • Nivel de ingresos. El resultado de 1-IUC/CLIUC se multiplica por 50 puntos
  • Desahucio de vivienda en alquiler. Cuando se haya producido el desahucio de su vivienda en alquiler por no poder hacer frente a la renta, lo que se entenderá justificado cuando se acrediten ingresos inferiores al mínimo personal y familiar regulado en el artículo 56 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, incluso cuando se trate de la misma vivienda para la que se solicita la ayuda al por no haberse producido lanzamiento: 20 puntos
  • Desahucio de vivienda en propiedad. Cuando se haya producido el desahucio de su vivienda en propiedad, existiendo un decreto judicial de adjudicación o se justifique haberse visto obligado a su venta o dación en pago por no poder atender los pagos de la cuota hipotecaria, incluso cuando se trate de la misma vivienda para la que se solicita la ayuda: 20 puntos
  • Unidades de convivencia en las que todos sus miembros estén situación legal de desempleo, o en caso de ser trabajador por cuenta propia, que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esta situación de cese durante un período mínimo de tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud: 10 puntos
  • Por cada miembro de la unidad de convivencia con discapacidad: 10 puntos
  • Por cada miembro de la unida de convivencia en situación de dependencia: 15 puntos
  • Unidades de convivencia en las que un miembro sea victima de violencia de género: 5 puntos
  • Unidades de convivencia en las que un miembro
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