Autorización del aumento de capacidad de las autorizaciones de transporte público interurbano de viajeros en vehículos de auto-taxi
Información general
Autorización del aumento de capacidad de las autorizaciones de transporte público interurbano de viajeros en vehículos de auto-taxi
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Descripción
Procedimiento para autorizar el aumento de capacidad máxima de hasta nueve plazas, incluido el conductor o conductora, de las autorizaciones de transporte público interurbano de viajeros en vehículos auto-taxi.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 123/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
- Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo (el apartado 3 de su disposición transitoria tercera, el apartado 1 de su artículo 11 y las letras a), b) y c) del apartado 1 de su artículo 27 han sido modificados por la disposición final primera del Decreto 123/2014, de 2 de septiembre).
- Resolución de 11 de febrero de 2015, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Convalidación del Decreto-ley 17/2014, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, para la adopción de medidas de control del transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo.
- Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenacion de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucia (artículo 30 y 31 están modificados por artículo 7 del Decreto ley 5/2010, de 27 de julio); (el artículo único del Decreto-Ley 17/2014, de 23 de diciembre, modifica los artículos 2, 39.a) y 45.5, y añade el artículo 45 bis).
- Decreto Ley 17/2014, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de ordenación de los transportes urbanos y metropolitanos de viajeros en Andalucía para la adopción de medidas de control del transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo.
- Orden de 23 de julio de 2014, de la Consejería de Fomento y Vivienda, por la que se regula el procedimiento de autorización del aumento de capacidad de las autorizaciones de transporte público interurbano de viajeros en vehículos auto-taxi.
Información adicional
Órganos responsables
- Consejera (Cód.: A01025645).
- Consejera (Cód.: A01025645).
- Dirección General de Movilidad y Transportes (Cód.: A01004492).