Carretera: Comunicación de Colocación de Rótulos de Establecimiento fuera de Zona de Dominio Público

Información general

Título formal:

Carretera: Comunicación de Colocación de Rótulos de Establecimiento fuera de Zona de Dominio Público

Código:
7022
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Empresas
Fecha de creación:
27/05/2015

Descripción

Fuera de la zona de dominio público, de acuerdo con el Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, los interesados podrán colocar los rótulos de establecimientos mercantiles o industriales previa comunicación a la Administración titular de la vía. Reglamentariamente podrá establecerse el régimen de instalación. La Administración tendrá un plazo preclusivo de un mes para denegar la actuación comunicada por razones de seguridad vial, sin perjuicio de las potestades administrativas de control y de la adopción, en su caso, de las medidas cautelares o sancionadoras que pudieran corresponder.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

  • Aportación de documentos:

    Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.

    Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.

    Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.

Plazo de Inicio

  • La comunicación deberá cursarse con una antelación al menos de un mes de la fecha prevista para la actuación.

Información adicional

Órganos responsables

En la materia
  • Delegaciones Territoriales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Agota vía administrativa

No

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Última actualización: 17/01/2024
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