Subvenciones para Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de Proyectos de Investigación

Subvenciones Universidades Andaluzas para Proyectos de Investigación

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, con objeto de apoyar y promover la actividad investigadora de las Universidades Públicas Andaluzas en materias competencia de la Secretaría General de Vivienda publica las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.

Objeto

El objeto de estas subvenciones es promover, apoyar e impulsar el trabajo desarrollado por las Universidades Públicas Andaluzas, así como contribuir a que su labor redunde en beneficio del progreso y bienestar de nuestra comunidad y su ciudadanía.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidos y tener personalidad jurídica propia.
  • Estar localizadas, tener su sede o su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • El investigador principal deberá estar en posesión de la titulación de doctor, con una antigüedad mínima de 5 años.
  • Algún miembro del Equipo deberá acreditar la publicación, al menos, de 2 trabajos relacionados con la materia a investigar.
  • Presentar Compromiso de Colaboración, en caso de participación en el proyecto de otra/s entidad/es que tenga/n entre sus objetivos la investigación y estudio de las materias objeto de las presentes bases reguladoras [BOJA nº108 de 08/06/2020].

Conceptos subvencionables

Serán conceptos subvencionables los de naturaleza corriente necesarios para la realización de proyectos o actividades que promuevan y fomenten las temáticas indicadas en alguna o algunas de las tipologías de Investigación, entre ellas:

  • Estudios e investigaciones y su publicación, así como los informes, documentos, materiales y actividades para su divulgación.
  • Jornadas, seminarios encuentros y otras actividades de carácter formativo.
  • Eventos, certámenes, talleres y actividades divulgativas.

Cuantía

Cuantía máxima de la subvención: 50.000 euros.

Gastos subvencionables

Podrán ser subvencionables aquellos gastos corrientes (servicios de edición de publicaciones, servicios para la organización de seminarios y conferencias, etc.) que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios y así se encuentren reflejados en el presupuesto. Según la actividad,los gastos subvencionables podrán responder a algunos de los siguientes conceptos:

  • Gastos de Personal.
  • Gastos de viaje, alojamiento y dietas.
  • Otros servicios técnicos y profesionales.
  • Materiales y suministros. 
  • Gastos de Publicidad y Difusión.

Normativa

  • Bases Reguladoras: Orden de 2 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura
  • Bases Reguladoras Tipo: Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
  • Convocatoria: Orden de 15 de octubre de 2020, por la que se realiza la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.
  • Extracto de la Orden de 15 de octubre de 2020, por la que se realiza la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura.
  • Dietas: (las cuantías serán las mismas que las estipuladas para el personal de la Junta de Andalucía).
    ORDEN de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio.
    DECRETO 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Presentación de solicitudes

Cada solicitud constará de dos partes:

  • Formulario ANEXO I - SOLICITUD/SUBSANACIÓN: Según modelo publicado en la Orden de la presente convocatoria y que deberá rellenarse directamente a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio .
  • Memoria Científico-Técnica (Descargar pdf): Según modelo “Memoria Científico Técnica del Proyecto de Investigación”, que podréis descargar desde esta misma página web.
    (Se recomienda descargar el archivo antes de rellenarlo, algunos navegadores no lo abren correctamente).

La presentación se efectuará rellenando el Formulario ANEXO I directamente a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, al que se le adjuntará la  Memoria Científico-Técnica cumplimentada.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde las 00:00 del 11 de noviembre hasta las 23:59 del 10 de diciembre.

Notas Aclaratorias

  • Deben pertenecer a un mismo Grupo de Investigación (GI), inscrito en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, cumpliendo con todos los requisitos y características requeridos en él.
  • El proyecto estará liderado por un/a Investigador/a Principal (IP), que coincidirá con la persona Responsable del Grupo de Investigación.
  • Podrán participar en el proyecto otras entidades no pertenecientes al GI, para lo que tendrán que presentar (con el ANEXO II junto al resto de documentación) un Compromiso de Colaboración con reflejo de funciones y responsabilidades, reparto e implicación en las actividades y resultados………...
  • En relación a la Memoria C-T, la tabla de las págs. 3 y 4, debe entenderse como referida a PARTICIPANTES EN EL PROYECTO (no sólo a los Integrantes del GI), y en ENTIDAD DE DEPENDENCIA  la entidad  a la que  pertenece el/la participante (reflejando si es dentro del GI o como entidad colaboradora). 
  • Un mismo GI no podrá ser beneficiario de más de una ayuda en la misma convocatoria.
  • La solicitud la presenta la persona representante, con competencia para solicitar subvenciones, firmada mediante Certificado Digital como representante de la entidad (persona jurídica).

Requerimiento de subsanación

Con fecha 3 de febrero de 2021 se publica Requerimiento de Subsanación conjunta y Listado de Solicitudes presentadas con indicación de los apartados que deben ser subsanados, en su caso, en el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura, para la convocatoria de 2020.

    • Requerimiento de Subsanación
    • Listado de Solicitudes

El plazo para subsanar será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este requerimiento en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Para la presentación de las subsanaciones ha de cumplimentarse íntegramente de nuevo el Formulario ANEXO I de SOLICITUD/SUBSANACIÓN, corrigiendo las deficiencias observadas, directamente a través de la Oficina Virtual

De no estar disponible el anterior enlace, podrá utilizarse la Presentación Electrónica General.

Aclaraciones sobre la subsanación

  • Aquellas universidades cuyas solicitudes requieran subsanación deberán cumplimentar íntegramente el ANEXO I: SOLICITUD/SUBSANACIÓN (no sólo los apartados a subsanar). No se adjuntará nuevamente la Memoria Científico Técnica.
  • La subsanación de la solicitud debe ser presentada por la PERSONA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD (Universidad) que ostente las competencias para solicitar subvenciones (apartado 1) y firmada mediante Certificado Digital por el representante de la misma (apartado 8).
  • Las NOTIFICACIONES que proceda practicar se efectuarán por los medios electrónicos actualmente registrados por cada entidad solicitante en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía – Notific@. Los datos que constan en dicho sistema pueden diferir de los indicados en la solicitud (apartado 2), siendo responsabilidad de cada entidad proceder, en su caso, a su actualización en dicho sistema.
  • En el apartado 6.2.2. se debe indicar si los INTEGRANTES DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN pertenecen o no a la entidad solicitante y si han publicado trabajos relacionados con la materia a investigar.
  • El importe solicitado (apartado 8) debe coincidir con la cantidad correspondiente al PRESUPUESTO TOTAL de la AYUDA SOLICITADA (apartado 6.3.)
  • En lo sucesivo, se hará referencia al expediente asignado a cada proyecto para cualquier comunicación.

Desistimiento de solicitudes

Con fecha 21 de mayo de 2021 se emite Resolución de la Secretaría General de Vivienda por la que se declara el desistimiento de solicitudes en la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura. 

Evaluación previa de la convocatoria de subvenciones

Con fecha de 25 de mayo de 2021 se ha publicado el Informe de Evaluación Previa de la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura. 

Propuesta provisional de resolución de la convocatoria de subvenciones

Con fecha de 25 de mayo de 2021 se ha publicado la Propuesta Provisional de resolución de la convocatoria para 2020 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura:

Presentación del Anexo II

El plazo de presentación del Anexo II, junto a la documentación acreditativa de los requisitos, será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta propuesta (desde el 26 de mayo hasta el 8 de junio, ambos inclusive), para que, utilizando el formulario-ANEXO publicado en Orden del 15 de octubre de 2020 por la que se realiza la convocatoria y que deberá rellenarse directamente a través de la Oficina Virtual (nueva solicitud telemática) de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, puedan:

  1. ALEGAR lo que estimen pertinente, en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. REFORMULAR su solicitud siempre que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. En todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en las bases reguladoras.
  3. Comunicar su ACEPTACIÓN a la subvención propuesta (IVA incluido). La propuesta provisional se tendrá por aceptada:
    1. Cuando se proponga la concesión de la subvención por un importe inferior al solicitado, al transcurrir el plazo para reformular sin que las entidades beneficiarias provisionales o suplentes comuniquen su desistimiento.
    2. Cuando se proponga la concesión en los importes solicitados sin que se comunique el desistimiento por las entidades beneficiarias provisionales.

Las entidades beneficiarias provisionales y suplentes provisionales deberán presentar, junto al formulario-ANEXO II, la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro Resumen de la Orden de 2 de junio de 2020. 

    1.  NIF de la entidad solicitante
    2.  Acreditación de la representación de quien suscribe la solicitud
    3.  DNI de la persona que suscribe la solicitud
    4.  Curriculum vitae abreviado del equipo humano (CVA)
    5.  Acreditación de publicaciones exigidas (Indices, ISBN, ISI, Nª Registro, Depósito Legal, ...)
    6.  Reformulación del proyecto, en su caso (Memoria Científico Técnica modificada)
    7. Compromiso de Colaboración con otra/s entidad/es, en su caso
       
Los documentos serán originales, copias auténticas o copias autenticadas.

La presentación se realizará, desde el día siguiente a la publicación del la presente Propuesta en esta página web, directamente a través de la Oficina Virtual como nueva solicitud telemática.

De no estar disponible el anterior enlace, podrá utilizarse la Presentación Electrónica General.

Reformulación

En caso de reformular, los compromisos y condiciones del proyecto recogidos en la Memoria Científico Técnica se ajustarán a la subvención propuesta, incluyendo desglosadamente los importes por categorías de gastos subvencionables que se reformulan, de conformidad con el apartado 5.c) 1º del cuadro resumen de las bases reguladoras, así como, el presupuesto e importe total de la subvención reformulada.

Compromiso de Colaboración

Modelo de Compromiso de Colaboración con otra/s entidad/es. 
Se entregará con el formulario-Anexo II junto con la documentación acreditativa a presentar a través de la Oficina Virtual (nueva solicitud telemática).

Aclaraciones sobre la Resolución Provisional

  • El importe de la subvención propuesta en el Anexo 1 de la Resolución Provisional incluye el IVA de aquellos conceptos sujetos a dicho impuesto.

Resolución de la convocatoria

Con fecha de 29 de julio de 2021 se publica Resolución de la Secretaría General de Vivienda, por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura correspondientes a la convocatoria 2020:

Aceptación expresa

Las entidades beneficiarias definitivas deberán presentar la aceptación expresa de la subvención en el plazo de quince días desde la publicación de esta Resolución, según lo señalado en el apartado 17 del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras (Orden de 2 de junio de 2020), a través de la Presentación Electrónica General.

Memoria Intermedia

Las entidades beneficiarias definitivas deberán presentar una Memoria Intermedia sobre el estado de desarrollo del proyecto, cumplida la mitad del periodo de ejecución, según lo señalado en el apartado 23.b).3º del Cuadro Resumen de las Bases Reguladoras (Orden de 2 de junio de 2020), a través de la Presentación Electrónica General. Para ello, se ha realizado una plantilla de Memoria Intermedia, junto con un Anexo denominado Cuadro de Relación de Gastos que se deberán cumplimentar y entregar según lo estipulado. Estos archivos se entregarán en formato pdf y deberán ir firmados por el representante de la entidad beneficiaria correspondiente. 

A continuación se pueden descargar las plantillas de ambos documentos en formato editable* y en formato pdf.

*La descarga de los archivos editables se deberá realizar mediante el navegador Mozilla Firefox

Justificación y Modelo Memoria final

En cumplimiento con los apartados 23 y 26 de las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Universidades Públicas Andaluzas para el desarrollo de proyectos de investigación en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura (BOJA 108, 8 junio 2020), los proyectos beneficiarios deben justificar ante esta Secretaría "el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención, aportando todos los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos", así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado 23.b) 3º.

Por lo tanto, para la justificación de las subvenciones otorgadas, las entidades beneficiarias de los proyectos adjudicatarios en esta convocatoria deberán aportar la siguiente documentación:

  • Memoria Final. (descarga de modelo en formato   pdf      odt       doc )
  • Cuadro Relación de gastos. (descarga de modelo en formato   pdf      ods      xls )       
  • Documentación acreditativa de haber presentado una comunicación o artículo durante el desarrollo del proyecto.
  • Informes y resultados del proyecto de investigación que se consideren, en su caso. 

Esta documentación se deberá entregar en formato pdf, firmada por la persona representante de la entidad beneficiaria, a través de la Presentación Electrónica General en el plazo máximo de un mes una vez ejecutado el proyecto, no pudiendo éste plazo ser superior a los 16 meses desde el inicio del plazo de ejecución

Información sobre los proyectos concedidos 

Acceso a la ficha resumen y documentación asociada de cada uno de los proyectos realizados por las Universidades Públicas Andaluzas en el marco de esta convocatoria.

Monográfico: Investigaciones en Vivienda, Arquitectura, Rehabilitación y Patrimonio Arquitectónico

Acceso a la publicación del monográfico Investigaciones en Vivienda, Arquitectura, Rehabilitación y Patrimonio Arquitectónico.

Investigaciones en Vivienda, Arquitectura, Rehabilitación y Patrimonio Arquitectónico.

Más Información

Podrá solicitar más información en:
universidades.investigacion.cfiot@juntadeandalucia.es

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