Áreas de Regeneración y Renovación Urbana
La Áreas de Rehabilitación y Renovación Urbana tienen por objeto favorecer la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos, dentro de ámbitos urbanos de actuación previamente delimitados.
De acuerdo con la regulación del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 (Real Decreto 233/2013, de 5 de abril) y del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo), la financiación de actuaciones subvencionables en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana requiere la previa delimitación territorial de los ámbitos urbanos de actuación por la Consejería competente en materia de vivienda y el Acuerdo de Comisión Bilateral entre el Ministerio competente y la Consejería, con la participación del correspondiente Ayuntamiento.
En el marco temporal de los citados Planes, se han delimitado en Andalucía numerosas Áreas de Regeneración y Renovación Urbana. Asimismo, otros ámbitos urbanos delimitados con anterioridad y otras denominaciones se han acogido a la financiación prevista en estos Planes para la Áreas de Regeneración y Renovación Urbana. En conjunto, la relación de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana en Andalucía incluye más de treinta ámbitos urbanos delimitados.
Con objeto de establecer el procedimiento para la delimitación de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana a solicitud de los Ayuntamientos, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha publicado la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se regulan las áreas de regeneración y renovación urbana en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en las mismas.