Director Gerente

Información general

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Titular
José María Rivera Zafra
Sede
Servicios Centrales
Pablo Picasso 6
Sevilla, 41018
Correo electrónico:
Delegación de Granada
Avda. Profesor Domínguez Ortiz s/n
Granada, 18005
Teléfono: 958 00 24 12
Delegación de Málaga
C/ Cerrojo, 38, esquina C/ Huerta del Obispo
Málaga , 29007
Teléfono: 951 30 81 50
Centro de Trabajo Trambahía
Carretera Pago del Humo s/n
Chiclana de la Frontera, 11130
Teléfono: 669 08 08 52

Biografía

Nacido en Granada (1983), Rivera Zafra es ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad de Granada. Sus primeros años de desarrollo profesional se centraron en la construcción de la Línea de Alta Velocidad entre Antequera y Granada, con una empresa multinacional de ingeniería. Posteriormente trabajó en la supervisión de la construcción de infraestructuras hidráulicas en la ciudad de Panamá, emigrando posteriormente a México, donde participó en los proyectos de infraestructuras del país centroamericano, como el nuevo Aeropuerto Internacional Ciudad de México (NAICM), el tren Interurbano de Pasajeros Toluca–Valle de México, la ampliación de la Línea A del Metro de México y PTAR Atotonilco, entre otros.

En 2019 se incorpora con el cargo de director de Infraestructuras a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA), donde ha participado activamente en la construcción o explotación del Metro de Granada, el Trambahía, las líneas 1 y 2 del Metro de Málaga y la Línea 1 del Metro de Sevilla, así como de otras actuaciones de ámbito ferroviario y viario. 

Funciones

La Presidencia de la Agencia corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de obra pública.   2. Son atribuciones de la Presidencia:  

  • a) Ostentar la superior representación institucional de la Agencia y de su Consejo Rector.   b) Ordenar la convocatoria de las sesiones del Consejo Rector, fijando el orden del día y señalando lugar, día y hora de celebración.   c) Presidir las sesiones y moderar el desarrollo de los debates y, en su caso, dirimir con su voto los empates para la adopción de acuerdos del Consejo Rector.   d) Visar las actas y las certificaciones de los acuerdos del Consejo Rector.   e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Rector.   f) Cualesquiera otras que le atribuyan los presentes Estatutos.

3. La Presidencia podrá delegar sus atribuciones en la Vicepresidencia con carácter permanente o temporal, y estará asistida, en el cumplimiento de sus atribuciones, por la persona titular de la Secretaría del Consejo Rector.

La Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, en adelante la Agencia, es una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 5 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, y a los artículos 30 y 31 de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros de Andalucía, que tiene personalidad jurídica diferenciada y patrimonio y tesorería propios, con administración autónoma, y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines generales, adscribiéndose a la Consejería competente en materia de obra pública.

La Agencia se constituye como instrumento para el desarrollo de las políticas del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en materia de infraestructuras de transporte, incluyendo la construcción y explotación de carreteras, ferrocarriles y servicios de transporte mediante ferrocarril, y, en general, las infraestructuras de obra pública y equipamientos públicos. La Agencia podrá realizar actividades y ejercer las competencias en materia de explotación de servicios públicos cuando resulte indispensable para el desarrollo y financiación de los fines generales indicados.

De acuerdo con estos fines, la Agencia ejercerá y desarrollará las compentecias, funciones y atribuciones que le sean atribuidas por el Consejo de Gobierno en los términos y con el alcance previsto en dicha atribución, o cuya gestión le sea encomendada porl a Consejería competente en materia de obras públicas o por otras Consejerías y Agencias.

El cumplimiento de estos fines generales se desarrollará siempre en el ámbito de la planificación y la superior dirección de la Consejería competente en materia de obra pública, que fijará los objetivos y directrices de actuación de la Agencia, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias que  el ordenamiento jurídico le atribuye, su control de eficacia, de acuerdo con la normativa vigente. Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de las competencias de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

La actividad de la Agencia está orientada a los principiops de eficacia, eficiencia, interés público, instrumentalidad, publicidad y concurrencia. La aprobación de los nuevos estatutos de la agencia, mediante el Decreto 175/2018, de 18 de septiembre, y previa aprobación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, redunda en el reforzamiento y materialización de los principios antes referidos, incorporando, entre otros elementos, la adscripción funcional de personal funcionario de la Consejería al ente público para el ejercicio de potestades administrativas en los procedimientos que regulan sus actuaciones.

Unidades

Secretaría General/Unidad Antifraude
Responsable: Pedro Javier López González
Dirección Financiera
Responsable: Jesús Mª Cabanillas Magro
Dirección de Planificación y Explotación
Responsable: Manuel Fernández Fernández
Dirección de Infraestructuras
Responsable: Manuel Borrego Martín
Dirección de Comunicación
Responsable: José Luis Padilla Burgos
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