Convenio entre la Cooperación Descentralizada y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria
Objeto
El presente convenio tiene por objeto regular la cooperación de las partes firmantes en materia de acción humanitaria y, de manera específica, el establecimiento de las finalidades específicas de dicha coordinación, así como los compromisos financieros asumidos por las mismas.
Modificaciones
El Convenio podrá modificarse mediante acuerdo de las partes, en la Comisión de coordinación, formalizado en una adenda de modificación.
Obligaciones económicas
La AECID se compromete a realizar una aportación anual mínima de un millón quinientos mil euros (1.500.000€), que provendrá del presupuesto asignado a la Oficina de Acción Humanitaria. En función de su disponibilidad presupuestaria, la AECID hará un esfuerzo por incrementar progresivamente esta aportación durante las anualidades comprendidas en el período de vigencia del convenio, pudiendo aportar anualmente fondos entre un millón quinientos mil euros (1.500.000€) y dos millones quinientos mil euros de euros (2.500.000€).
Cada Comunidad Autónoma se compromete a realizar una aportación mínima de setenta y cinco mil euros (75.000,00€) anuales durante la vigencia del presente convenio, que serán abonados en el primer semestre del ejercicio presupuestario, previa justificación de la anualidad anterior mediante la emisión por parte de la AECID de la certificación anual regulada en el apartado b) de la cláusula tercera de este convenio. En función de su disponibilidad presupuestaria, las Comunidades Autónomas harán un esfuerzo por incrementar progresivamente esta aportación durante las anualidades comprendidas en el período de vigencia del convenio, pudiendo aportar anualmente fondos entre setenta y cinco mil euros (75.000€) y ciento cincuenta mil euros (150.000€). En el caso de la primera anualidad no aplicará la justificación previa de la anualidad anterior por parte de la AECID: cada parte deberá realizar la aportación correspondiente al primer ejercicio en los seis primeros meses tras la firma del convenio. El pago se realizará una vez que el convenio sea eficaz.