Autorización administrativa para la puesta en funcionamiento o modificación sustancial de los centros y servicios de día y noche, y los centros y servicios de atención residencial.
Información general
Centros y Servicios Sociales: Autorización Administrativa
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- Administraciones
- Ciudadanía
Descripción
De conformidad con lo establecido en el artículo 83.1 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, los centros y servicios de día y de noche, y los centros y servicios de atención residencial, precisarán autorización administrativa en los siguientes supuestos:
a) Para su puesta en funcionamiento, ya sea con carácter inicial o como consecuencia de un traslado o cambio de tipología de centro.
b) Para las modificaciones sustanciales que afecten a la estructura física o funcional de un centro o servicio.
De conformidad con el artículo 85.2 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, las autorizaciones administrativas previstas en este apartado tienen la condición de autorizaciones de funcionamiento, estando sujetas al cumplimiento permanente de los requisitos exigidos para su obtención. La vigencia de la autorización administrativa para el funcionamiento estará condicionada al cumplimiento permanente de los requisitos y condiciones exigidos para su obtención.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Anexo I. Autorización Administrativa. Nº: 007136 (Obligatorio)
Requisitos
El procedimiento de Autorización administrativa será de aplicación a los centros y servicios sociales, públicos y privados, con o sin ánimo de lucro, que actúen o proyecten actuar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Documentación
A la solicitud de autorización administrativa para el funcionamiento se acompañará la siguiente documentación:
a) Certificado final de obra, en su caso.
b) En su caso, proyecto con estado final de obra o documentación técnica preceptiva conforme a la normativa vigente según la intervención ejecutada, firmado por personal técnico competente.
c) Declaración responsable emitida por la entidad titular del cumplimiento de los requisitos materiales y funcionales establecidos en la Orden de requisitos materiales, funcionales y de calidad correspondientes referida en el artículo 5.
d) Declaración responsable emitida por la entidad titular de la plantilla de personal con especificación del organigrama, horarios, cualificaciones profesionales y descripción de las funciones. Se especificará, en su caso, los servicios que tiene previsto subcontratar.
e) Memoria explicativa de la actividad a desarrollar, que contendrá, como mínimo, el perfil de las personas destinatarias, los objetivos, los programas de intervención, la metodología y cartera de servicios.
f) Plan de Autoprotección en las condiciones que se establezcan en la Orden de requisitos materiales, funcionales y de calidad correspondientes referida en el artículo 5 firmado por personal técnico competente.
g) Declaración responsable de la entidad titular de la propiedad del inmueble o del derecho que se ostente sobre el mismo.
h) En caso de que la entidad solicitante no esté inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, deberá presentar la documentación que se indica en el artículo 230.4, a los efectos de su inscripción de oficio con motivo de la resolución de autorización correspondiente.
A la solicitud de autorización administrativa para la modificación sustancial se acompañará la siguiente documentación:
1. A la solicitud de autorización administrativa para la modificación sustancial que afecte a la estructura física del centro se acompañará la documentación especificada en las letras a), b), c), d) y f) del artículo 199.
2. A la solicitud de autorización administrativa para modificación sustancial de carácter funcional se acompañará la documentación descrita en las letras c), d) y e) del artículo 199.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
- ORDEN de 28 de julio de 2000, conjunta de las Consejerías de la Presidencia y de Asuntos Sociales, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía y se aprueba el modelo de solicitud de las autorizaciones administrativas.
Información adicional
Órganos responsables
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
- Viceconsejero (Cód.: A01025655).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. Desde que la solicitud hubiese tenido entrada en el registro electrónico del órgano competente para resolver, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/226461.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
21/03/2024 Se ha modificado el campo: Modo de Consulta de estado
21/03/2024 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente
21/03/2024 Se ha modificado el campo: URL de Modo de Consulta de estado
19/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
19/03/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual
17/05/2024 Se ha modificado el campo: Documentación
21/03/2024 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación
21/03/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación
17/05/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos
20/05/2024 Se ha modificado el campo: Normativas