Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital

Información general

Título formal:

Ayuda complementaria al Ingreso mínimo vital

Código:
25215
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
06/07/2023

Descripción

La Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica extraordinaria dirigida a unidades familiares que, aún siendo perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, no pueden hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo.

La cuantía de la Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital consiste en una ayuda extraordinaria que vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre el importe anual del Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la Infancia que la persona titular tenga reconocido y el mínimo anual establecido en el artículo 15 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

  1. Ser beneficiaria de Ingreso Mínimo Vital o Ayuda para la infancia en el ejercicio corriente, y que la cuantía concedida en concepto de Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la infancia sea igual o inferior al importe mensual de 115,00 €.
  2. Ostentar vecindad administrativa en Andalucía, al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
  3. Que ninguna de las personas integrantes de la unidad familiar se encuentre de alta en la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud, ni perciba prestaciones económicas computables para el acceso a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía en el momento de presentación de la solicitud, exceptuando el Ingreso Mínimo Vital y la Ayuda para la infancia.
  4. Tener una cuenta bancaria dada de alta en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
  5. Que haya transcurrido el periodo de 12 meses que cubre una posible concesión de esta modalidad complementaria, en su caso.

 

Documentación

Junto a su solicitud deberá presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de empadronamiento donde conste que todas las personas integrantes de la unidad familiar ostentan vecindad administrativa en Andalucía, al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

  • Documento bancario de la persona solicitante como titular de la cuenta bancaria donde conste el código IBAN y la entidad bancaria elegida para, en su caso, la liquidación del pago de la ayuda.

 

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la materia
  • D.G. de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones (Cód.: A01047752).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente cuya dirección es Avenida de Hytasa, 14, 41071-Sevilla y cuyo correo electrónico dg.pas.cisjufi@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para la instrucción del procedimiento de la solicitud de la Ayuda Complementaria al IMV. La finalidad del tratamiento es el registro y la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso a la prestación. 

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento derivados de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre de Servicios Sociales de Andalucía y el artículo 58 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

Para gestionar la solicitud es necesario que la persona interesada facilite, en su caso, los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible su tramitación. 

Está previsto ceder o comunicar sus datos al Servicio Andaluz de Empleo, a los Servicios Sociales Comunitarios correspondientes a su zona básica de Servicios Sociales y al Registro de Prestaciones Sociales Publicas del INSS. 

No existe plazo previsto para la conservación de sus datos personales. 

Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 19/02/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 19/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica completa

  • 19/02/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 19/02/2024
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