Habilitación profesional para ejercer la actividad de taller de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes
Información general
Habilitación profesional para ejercer la actividad de taller de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Antes de la apertura de un taller de reparación de automóviles, el titular del taller o su representante legal deberá presentar una declaración responsable en la que indique la clasificación del taller, manifieste que cumple los requisitos establecidos en su normativa reguladora, que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad y que se responsabiliza de que la ejecución de los trabajos se efectúa de acuerdo con las normas y requisitos que se establecen en su normativa reguladora.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Requisitos
Conforme a la Orden de 20 de febrero de 2013, las declaraciones responsables, tanto de inicio como de modificación o cese, deben cumplimentarse a través del tramitador HAPR desarrollado por la Consejería para tal fin, y presentarse bien electrónicamente a través del mismo tramitador, bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Delegación Territorial de la Consejería
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes
- Corrección de errores del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
- DECRETO 9/2003, de 28 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles y se articulan derechos de los consumidores y usuarios
- Orden de 25 de enero de 2007, por la que se desarrolla el Decreto 9/2003, de 28 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación del servicio en los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles y se articulan derechos de consumidores y usuarios
- Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios
- Real Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes
- Decreto 327/2012, de 10 de julio, por el que se modifican diversos Decretos para su adaptación a la normativa estatal de transposición de la Directiva de Servicios
- Orden de 20 de febrero de 2013, por la que se aprueba la tramitación electrónica de los procedimientos para la expedición de las habilitaciones profesionales y para la presentación de declaraciones y comunicaciones, en materia de industria, energía y minas
- Resolución de 29 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifican los Anexos II y III de la Orden de 20 de febrero de 2013, por la que se aprueba la tramitación electrónica de los procedimientos para la expedición de las habilitaciones profesionales y para la presentación de declaraciones y comunicaciones, en materia de industria, energía y minas
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería (Cód.: A01041434).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz (Cód.: A01041435).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba (Cód.: A01041436).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada (Cód.: A01041437).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva (Cód.: A01041438).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén (Cód.: A01041440).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga (Cód.: A01041442).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla (Cód.: A01041444).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería (Cód.: A01041434).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz (Cód.: A01041435).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba (Cód.: A01041436).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada (Cód.: A01041437).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva (Cód.: A01041438).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén (Cód.: A01041440).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga (Cód.: A01041442).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla (Cód.: A01041444).
- Secretaría General de Industria y Minas (Cód.: A01034550).
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185379.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la presentación de la declaración responsable para el acceso al ejercicio de la actividad de taller de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. La presentación de la declaración responsable implicará una inscripción de oficio en el Registro Integrado Industrial, tanto de Andalucía como Estatal.
Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
La aportación de los datos es requisito indispensable para poder ejercer la actividad de taller de reparación de vehículos automóviles.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
Está previsto ceder o comunicar sus datos al Ministerio competente en materia de industria para su inclusión en el Registro Integrado Industrial. Los datos de carácter básico son públicos: nombre, apellidos, NIF, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico.
No están previstas transferencias internacionales.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
19/02/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación
19/02/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación
03/07/2024 Se ha modificado el campo: Normativas