Mediación y arbitraje

A la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública le compete la promoción e impulso de actuaciones tendentes a la implantación, desarrollo y divulgación de la mediación y de otros sistemas no judiciales para la resolución de conflictos que no estén específicamente atribuidos a otros órganos. Quedan excluidas de su ámbito la materia laboral, competencia de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, la materia familiar, competencia de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y la materia de consumo, competencia de la Consejería de Salud y Consumo.

Mediación

Mediación en la Junta de Andalucía

Con motivo del Día Internacional de la Mediación se han celebrado una serie de eventos.

Un sistema alternativo o extrajudicial para la resolución de conflictos es una modalidad de resolución de conflictos que se basa en que, una vez producida una controversia entre personas, estas deciden de forma voluntaria buscar la solución a la misma sin someter el asunto a los tribunales. Con ello se permite a las partes emprender un proceso de aproximación y entablar un diálogo para encontrar una solución satisfactoria para ambas partes, al contrario de lo que podría ocurrir si el mismo asunto se resolviera en los tribunales donde, llegado el caso, puede no quedar satisfecho con la solución acordada ni siquiera la supuesta parte “ganadora” del pleito.

Se trata de adecuar cada litigio o controversia al mejor método para su resolución de modo que si, en algunos casos, por las características del asunto, será inevitable iniciar un proceso judicial, en otros lo más adecuado será acudir a un sistema alternativo, logrando así mayor agilidad y flexibilidad en la solución del conflicto, un eficiente equilibrio de intereses para las partes, la reducción de la pendencia de los órganos judiciales, y una optimización de los fondos públicos destinados a la consecución de estos fines, al requerir estas fórmulas alternativas menos recursos personales y materiales.

Además, el alcanzar una solución satisfactoria para ambas partes permite mantener una relación cordial futura entre las mismas lo que resulta muy importante en algunos temas como los de vecindad, de familia, de herencia, de negocios, etc., en los que las relaciones humanas están presentes e incluso pueden ser el desencadenante del conflicto en cuestión; se consigue así limar asperezas, evitando posibles nuevos conflictos futuros y por ende, el inicio de nuevos procedimientos judiciales entre las partes.

Puntos de información para la mediación en Andalucía (PIMA)

La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, en su disposición adicional segunda establece que las Administraciones públicas competentes para la provisión de medios materiales al servicio de la Administración de Justicia proveerán la puesta a disposición de los órganos jurisdiccionales y del público de información sobre la mediación como alternativa al proceso judicial.

El Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, modificado por Decreto 531/2019, de 29 de agosto dispone que le corresponde las competencias en materia de Administración de Justicia recogidas en el Capítulo III del Título V del Estatuto de Autonomía para Andalucía, atribuyendo a la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, en su artículo 12.4, la promoción e impulso de actuaciones tendentes a la implantación, desarrollo y divulgación de la mediación y de otros sistemas para la resolución de conflictos que no estén específicamente atribuidos a otros órganos.

Actualmente hay un total de 10 puntos de información en las sedes judiciales principales andaluzas de las ocho capitales de provincia, además de un punto en Algeciras y otro en Marbella. En ellos se ofrece información sobre vías alternativas o complementarias a la resolución judicial de los conflictos y nuevas soluciones que permitan disminuir la conflictividad en los juzgados.  El servicio se presta en horario de mañana, de lunes a viernes durante cinco horas cada día. Cada PIMA esta constituido por una persona profesional en la mediación.

Estos PIMA están ubicados en lugares accesibles en las sedes judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y son atendidos por profesionales a los que se les ha requerido formación específica en esta materia.

El servicio de información, el servicio se presta en horario de mañana, de lunes a viernes durante cinco horas cada día. Es un servicio gratuito y universal de información general previa al proceso de mediación en todos los órdenes jurisdiccionales, para toda la ciudadanía o personal operador jurídico que pueda tener interés o quisiera saber que es este medio alternativo a la solución de conflictos.

También se ofrecen sesiones informativas a las partes en litigio por derivación de un órgano judicial en aquellos asuntos que la justicia considere susceptibles de mediación.

La información facilitada en estos PIMA incluye, mediante un lenguaje sencillo y claro, una explicación sobre el proceso de mediación, los principios y las reglas que regirán su desarrollo, una descripción del papel y principios que debe cumplir la persona mediadora, así como la eficacia jurídica de los acuerdos a los que las partes pueden llegar.

Otros sistemas de resolución de conflictos

Otros sistemas alternativos de resolución de conflictos además de la mediación, son la negociación, la conciliación y el arbitraje.

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