Convenio entre Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba y Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna para ejecución de medidas judiciales, en régimen de medio abierto, por parte de menores infractores e infractoras

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba
Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Duración
Desde el 04/07/2025 hasta el 03/07/2029

Objeto

La cooperación y colaboración entre ambas partes, en:

a) La ejecución de las siguientes medidas, previstas en el artículo 7.1  de la LORPM que sean impuestas a menores infractores e infractoras con vecindad o residencia en el municipio de Fuente Obejuna: PRESTACIÓN EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD (PBC), la realización de TAREAS SOCIOEDUCATIVAS (TSE), la asistencia para la realización de ACTIVIDADES REPARADORAS EN FAVOR DE LA SOCIEDAD (RS) que sean consecuencia de un proceso de conciliación y mediación de los artículos 19 y 51 de la mencionada Ley, el seguimiento de la PERMANENCIA DE FIN DE SEMANA en el domicilio familiar por parte de miembros del Cuerpo de la Policía Local o, en su defecto, por otro personal funcionario que desempeñe estas funciones. 

b) Actuar en el entorno familiar de menores infractores e infractoras en situación de conflicto con la sociedad, que hayan de cumplir las referidas medidas. 

Obligaciones económicas

La Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba, se responsabilizará del coste que impliquen las cotizaciones a la seguridad social por las contingencias que procedan, según la edad de la persona menor infractora, para la relativa a la Prestación en Beneficio de la Comunidad (PBC).  

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