Fundaciones. Presentación de planes anuales de actuación
Información general
Fundaciones. Presentación de planes anuales de actuación
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
El artículo 37 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que el Patronato elaborará y remitirá al Protectorado, en el último trimestre de cada ejercicio, un plan de actuación, en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente.
Según el artículo 28 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el plan de actuación contendrá la suficiente información identificativa de las actividades propias de la fundación y de aquellas otras actividades mercantiles que la misma desarrolla, de los gastos estimados e ingresos previstos y cualquier otra información que permita conocer y comprobar el grado de realización de cada actividad o el grado de cumplimiento de los objetivos, así como su repercusión en la igualdad de género de los mismos.
La presentación deberá ser de forma telemática, a través de Presentación Electrónica General: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Documentación
Las fundaciones están obligadas a aprobar los planes de actuación y presentarlos en el último trimestre de cada ejercicio ante el Protectorado, para su examen y posterior depósito en el Registro de fundaciones.
La presentación deberá ser de forma telemática, a través de Presentación Electrónica General, en el siguiente enlace:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
El registro de fundaciones, tras recibir el informe preceptivo del Patronato, procederá de oficio a iniciar el trámite de depósito definitivo de los planes de actuación.
La comunicación al patronato deberá incluir:
-
el plan de actuación, en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente. Contendrá suficiente información identificativa de las actividades propias y de aquellas otras mercantiles que desarrollará, de los gastos estimados e ingresos previstos.
-
Certificado acreditativo de su aprobación, que contendrá la relación de personas que integren el Patronato asistentes a la sesión, firmado por la Secretaría, con el visto bueno de la Presidencia.
El modelo de Plan de actuación que se deberá seguir se establece en la adaptación sectorial en vigor, aprobada por Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.
Plazo de Inicio
- El Plan de actuación se remitirá al Protectorado en los últimos tres meses de cada ejercicio (económico)
Normativa
- Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos.
- Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.
- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad
- Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucia y se aprueba su reglamento de organizacion y funcionamiento (MODIFICADO EL ARTÍCULO 14 POR EL DECRETO 32/2008, DE 5 DE FEBRERO).
- Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos
- Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación (Cód.: A01004541).
- Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación (Cód.: A01004541).
- Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación (Cód.: A01004541).
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
PROTECTORADO Y REGISTRO DE FUNDACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
(https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166070.html)
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, cuya dirección es Plaza de la Gavidia, nº 10, 41071 - Sevilla, y cuyo correo electrónico es dg.justiciajuvenil.cjalfp@juntadeandalucia.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección, Plaza Nueva, 4, 41071 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.cjalfp@juntadeandalucia.es .
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para:
-
Ejercicio de las funciones del Protectorado de Fundaciones de Andalucía, con el fin de velar por el correcto ejercicio del derecho de fundación y por la legalidad de la constitución y funcionamiento de las fundaciones
-
La llevanza y gestión del Registro de Fundaciones de Andalucía, y tiene por objeto la inscripción de las Fundaciones, así como la inscripción, constancia y depósito de los actos, negocios jurídicos y documentos relativos a las mismas.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable del tratamiento (Artículo 6.1.e del RGPD), recogida en:
-
Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía
-
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero
-
Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre
¿A qué destinatarios se comunicarán?
A otras Administraciones, Organismos Públicos y terceros que lo soliciten, en los términos establecidos por las leyes. En este sentido, el Registro de Fundaciones de Andalucía es público para todos quienes tengan interés en conocer su contenido, de acuerdo y con las limitaciones establecidas en el artículo 4 de su Reglamento de organización y funcionamiento.
No se prevé transferir datos personales a terceros países ni a organizaciones internacionales.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Es de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Los datos aportados se conservarán de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la Administración, y se conservarán con fines de investigación histórica o fines estadísticos de acuerdo con la normativa vigente.
¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?
Los datos que se tratan son los propios que proporciona la persona, y son los siguientes:
-
Características personales: DNI, nombre, apellidos, dirección, teléfono.
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Datos académicos y de formación.
-
Información Comercial: Datos económicos y profesionales.
-
Económicos, financieros y de seguros: datos bancarios, para actos relacionados con la dotación y patrimonio fundacional.
No se prevé el tratamiento de categorías especiales de datos.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
19/12/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud
19/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación