Solicitud de título habilitante para servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro al amparo de la disposición transitoria 3ª de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.

Información general

Título formal:

Solicitud de título habilitante para servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro

Código:
25157
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
15/09/2022

Descripción

El procedimiento permitirá presentar y revisar las solicitudes de título habilitante para entidades sin ánimo de lucro que acrediten la prestación de un servicio de comunicación audiovisual televisivo o radiofónico comunitario sin ánimo de lucro de forma ininterrumpida durante los últimos 5 años (desde julio de 2017 o antes) y sin haber causdo problemas de interferencias.

El otorgamiento del tíulo habilitante queda condicionado a las disponibilidades de espectro radioeléctrico que realice la autoridad estatal competente.

La solicitud, presentada como presentación electrónica general en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía dirigida a la D. G. de Comunicación Social, deberá acompañarse de la documentación que acredite la prestación del servicio de forma ininterrumplida durante los últimos 5 años.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Acreditar la prestación del servicio de comunicación audiovisual de forma ininterrumpida y sin haber causado interferncias durante los últimos 5 años.

Documentación

Solicitud.

Documentos que acrediten la prestación del servicio de comunicación audiovisual de forma ininterrumpida y sin haber causado interferncias durante los últimos 5 años.

Plazo de Inicio

  • 09/07/2022 - 09/01/2023 (Presentación de solicitudes y documentación)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).
En la materia
  • D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Plazo de la Ley 39/2015
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Puede acceder a la información sobre protección de datos personales en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181286.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 26/09/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • Última actualización: 26/09/2022
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