Preguntas frecuentes sobre la aplicación de la Ley de Medidas ante el Tabaquismo

Ley de Medidas ante el Tabaquismo

  1. ¿Cómo se señaliza correctamente?
  2.  ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en las piscinas?
  3. ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en eventos deportivos?
  4. ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en zonas comunes de edificios
  5. ¿Qué es el tabaquismo pasivo?
  6. ¿Cómo denunciar?
  7. Recursos para dejar de fumar
  8. ¿Qué dice la Ley sobre las cachimbas?
  9. ¿Qué requisitos ha de cumplir un club de fumadores?
  10. Cigarrillos electrónicos. Toda la información sobre los cigarrillos electrónicos: qué son, qué contienen, cómo funcionan, qué efectos tienen para la salud...

1) ¿Cómo se señaliza correctamente?

“En los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco(...) con las exigencias requeridas por las normas autonómicas correspondientes”. (Disposición adicional tercera de la Ley 42/2010 de Medidas ante el tabaquismo).

En esta página web se encuentran disponibles carteles modelos que cumplen todos los requisitos exigidos. En esos modelos se ha incluido la identidad corporativa de la Junta de Andalucía, así como la referencia a la Ley 42/2010 que amplía la Ley 28/2005, sin embargo esto no quiere decir que sea preceptivo usar la marca de la Junta o que la señalización no sea válida si la referencia legal no es la más reciente; el texto principal de referencia sigue siendo la Ley 28/2005.

En concreto, el decreto andaluz de referencia es el Decreto 150/2006, de 25 de julio (BOJA del 1/8/06; nº147, pp.11-13), que detalla las indicaciones generales siguientes sobre la señalización: “a) El tamaño no será inferior a DIN-A4. b) El texto, escrito el letra de color negro sobre fondo blanco con una fuente de las de uso habitual y con un tamaño de letra no inferior a 16 puntos, indicará: La señal internacional de «prohibido fumar» en color rojo, «Prohibido fumar» y «Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco».

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2) ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en las piscinas?

Según la Ley 42/2010 de medidas ante el tabaquismo, está prohibido fumar en los lugares de uso colectivo siempre que no estén al aire libre. Por lo tanto, de manera general, no se permite fumar en las piscinas cubiertas independientemente de que su titularidad sea pública o privada.

Hay que tener en cuenta también que la ley prohíbe fumar en “los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores" (art. 7). Por lo tanto, no se permite tampoco fumar en el área de las piscinas delimitadas específicamente para menores, aunque estén al aire libre.

Conviene recordar que una comunidad de propietarios, o cualquier otra institución, puede decidir aumentar este mínimo determinado por ley y extender la prohibición de fumar a más zonas o a todo el recinto.

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3) ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en eventos deportivos?

Según la Ley 42/2010 de medidas ante el tabaquismo está prohibido fumar en los lugares de uso colectivo (independientemente de que su titularidad sea pública o privada), siempre que no estén al aire libre.

Conviene recordar que la ley expresa las condiciones mínimas, por lo que una determinada institución (especialmente si se trata de titularidad pública), puede decidir aumentar el mínimo determinado y extender la prohibición de fumar a todo el recinto deportivo.

Desde nuestra institución sugerimos en todo momento, en beneficio de la salud pública, observar una conducta no fumadora, y esto tiene especial sentido en presencia de menores y en actos y eventos deportivos.

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4) ¿Cómo aplicar correctamente la Ley en zonas comunes de edificios?

En las zonas interiores comunes de los edificios NO está permitido fumar, ya que la Ley 42/2010 de medidas ante el tabaquismo indica que está prohibido fumar en los lugares de uso colectivo (independientemente de que su titularidad sea pública o privada), siempre que no estén al aire libre.

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5) ¿Qué es el tabaquismo pasivo?

Tabaquismo pasivo es respirar humo de tabaco ambiental. El humo de tabaco ambiental NO es simplemente una molestia. Fumar perjudica directamente la salud de quien fuma, pero también la de quienes están alrededor e inhalan el humo de tabaco ajeno. Es especialmente perjudicial para los menores, mujeres embarazadas, personas con problemas respiratorios...

Desde la entrada en vigor de las medidas ante el tabaquismo, el tabaquismo pasivo ha descendido notablemente, especialmente en bares y restaurantes. Esto constituye un claro y cuantificable avance en la salud pública. Además, en España, como en la mayoría de los países, esta medida ha sido implantada sin conflictividad social ni consecuencias económicas negativas en el sector.

Habla para bien de una sociedad que se mantenga este grado de respeto y se sigan dando pasos sobre ello (por ejemplo, tenerlo presente cuando compartimos vehículo, o en el hogar, etc).

  • Cómo afecta a nuestra salud el tabaquismo pasivo y qué podemos hacer para evitarlo. Descargar PDF (636 KB)

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6) ¿Cómo denunciar?

Si detectas un incumplimiento de la ley... Usted puede realizar una denuncia sobre este tema a través de cualquier registro oficial de los Ayuntamientos, Junta de Andalucía, o de la Administración General del Estado.

Asimismo, también puede Ud. rellenar la correspondiente hoja de reclamación en el establecimiento donde detecte el incumplimiento.

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7) Recursos para dejar de fumar

Ayuda para dejar de fumar

En este mismo portal (/organismos/salud/areas/salud-vida/adulta/paginas/tabaquismo.html) tiene a su disposición toda una serie de recursos informativos. Le animamos a que revise, en concreto, la Guía para dejar de Fumar.

Si desea recibir información y apoyo directo, pregunte en su Centro de Salud o llame al Teléfono gratuito de información sobre tabaquismo 900.850.300.

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8) ¿Qué dice la Ley sobre las cachimbas?

En primer lugar, la venta de productos que contengan tabaco solo podrá realizarse a través de la red de expendedurías de tabaco y timbre o máquinas expendedoras ubicadas en establecimientos autorizados (art. 3).

En segundo lugar, “ se prohíbe vender o entregar a personas menores de dieciocho años productos del tabaco, así como cualquier otro producto que le imite e induzca a fumar” (art. 3).

Así por lo tanto, está prohibida la venta y suministro de sishas o cachimbas a menores de 18 años, incluso aunque no contengan tabaco.

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9) ¿Qué requisitos ha de cumplir un club de fumadores?

Para que los clubes de fumadores estén exentos de la prohibición de fumar deben cumplir todos los siguientes requisitos (según la disposición adicional novena de la Ley 42/2010):

  • Estar legalmente constituidos. Pero el mero hecho de inscribirse como club de fumadores en un registro oficial de asociaciones no hace que se cualifique como tal, hay que cumplir el resto de requisitos adecuadamente. Siga leyendo.
  • No tener ánimo de lucro, por lo que debe carecer de beneficios.
  • No se pueden suministrar bebidas ni comidas ni cualesquiera otros productos de consumo.
  • No debe haber presencia de personas ajenas, tal como camareros o cualquier otro tipo de trabajadores, invitados, personas de contacto, representantes de entidades, etc Sólo los socios pueden estar presentes
  • Ha de tener personalidad jurídica propia.
  • La actividad de fumar debe realizarse exclusivamente en el interior de su sede social.

La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales velará por sancionar cualquier intento de fraude de ley en este aspecto.

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