Plan de Inspección basado en el Riesgo de los Establecimientos Alimentarios de Andalucía 2018
El Reglamento 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 sobre controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales establece una serie de normas generales para la realización de los controles oficiales al objeto de comprobar el cumplimiento de la normativa, con el fin de garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores en relación con la seguridad alimentaria. Con ello se garantizan asimismo las prácticas equitativas en el comercio de piensos y alimentos.
En dicho reglamento se establece la obligación de realizar controles oficiales con regularidad, basados en los riesgos y con la frecuencia apropiada, para alcanzar los objetivos.
Asimismo se indica que los controles oficiales se deberán llevar a cabo mediante procedimientos documentados, que contendrán la información e instrucciones para el personal que los vaya a ejecutar.
De otra parte se indica que las tareas relacionadas con los controles oficiales se efectuarán por métodos y técnicas de control adecuadas como el control, la vigilancia, la verificación, la auditoría, la inspección, el muestreo y el análisis.
Hasta la fecha, la Secretaría General de Salud Pública y Participación había implementado una serie de planes y programas horizontales mediante procedimientos documentados relacionados con la seguridad alimentaria, orientados hacia las actividades de supervisión o auditorías o de tomas de muestras para el control de productos.
De esta forma, la Consejería de Salud acometía por una parte las actividades de evaluación de los procedimientos de buenas prácticas de fabricación, prácticas correctas de higiene y de los Sistemas APPCC a través del Plan de Supervisión de los Sistemas de Autocontrol en los establecimientos alimentarios y la evaluación de los productos a través de los Planes de Peligros Químicos y de Biológicos y los Programas de Alérgenos y de Gluten.
No obstante lo anterior, los servicios de control oficial seguían manteniendo las labores de inspección tradicional como una actividad rutinaria más del control oficial, las cuales se llevaban a cabo con una gran variabilidad en la sistemática de actuación, al carecer de un procedimiento documentado que recogiera las directrices para realizar las actividades de inspección. Existe por tanto una necesidad de homogenizar y protocolizar las actividades a desarrollar en una inspección.
El Plan de Inspección basado en el riesgo de los establecimientos alimentarios de Andalucía recoge la información e instrucciones para realizar las actividades de control oficial en los establecimientos alimentarios de Andalucía, mediante la técnica de la inspección. Con ello se verificará el cumplimiento de las condiciones exigibles a los establecimientos alimentarios relativo a:
- las actividades que desarrollan frente a las autorizaciones de las empresas
- las condiciones estructurales de las instalaciones, equipos y utensilios
- las condiciones de higiene y de manipulación
- la trazabilidad
- el etiquetado de los productos
- otros
En el año 2012, se implantó el Proceso de Inspección como metodología a desarrollar en el Plan de Inspección basado en el riesgo, incorporando elementos de calidad en la gestión de esta actividad de control oficial. Con ello se pretende conseguir no sólo una mejora interna y homogeneidad de las actuaciones que afectan a los profesionales implicados en las tareas de inspección sino que, fundamentalmente, se pretende dar satisfacción a los deseos y necesidades de los ciudadanos, que constituyen el centro y motor de nuestras actuaciones y en quienes van a recaer todos los cambios que se lleven a cabo en nuestro hacer diario.
- Plan de Inspección basado en el Riesgo de los Establecimientos Alimentarios de Andalucía 2018 v2. Descargar PDF (1236 KB)