La Junta sanciona a Caja Rural de Granada y Banco Sabadell por la inclusión de cláusulas abusivas en hipotecas

La Junta sanciona a Caja Rural de Granada y Banco Sabadell por la inclusión de cláusulas abusivas en hipotecas
El Consejo de Gobierno ha acordado imponer sanciones, por un valor total de 2 millones de euros,a las entidades Banco Sabadell, SA, y Caja Rural de Granada, SCC, por introducir cláusulas abusivasen contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación deservicio. Se resuelven así estos procedimientos sancionadores iniciados en noviembre de 2016 trasla recepción de 157 denuncias de particulares, tramitadas en el marco de una campaña de control dela Inspección de Consumo contra la inclusión de ‘cláusulas suelo’ en lasescrituras.
En el caso de Caja Rural de Granada, la sanción se eleva a 1,17 millones. De esta cantidad,600.000 euros corresponden a las referidas infracciones, tipificadas como muy graves en la vigentelegislación de defensa de los consumidores, y 570.026 al comiso del beneficio ilícito obtenido. Porsu parte, Banco Sabadell ha sido multado con 836.202 euros (500.000 por las mismas infracciones yun comiso 336.202).
Para la fijación de estas cantidades, en ambos casos se han tenido en cuenta diversosagravantes. Entre ellos destacan el perjuicio causado a los consumidores y la posiciónrelevante de las dos entidades infractoras en el mercado.
De acuerdo con la normativa vigente, son cláusulas abusivas aquellas que causan un desequilibrioen la posición entre la persona consumidora y la empresaria, por ejemplo, reservando a éstafacultades para interpretar, modificar o resolver unilateralmente el contrato; imponiendo garantíasdesproporcionadas al riesgo asumido, o estableciendo la renuncia del prestatario al derecho a lanotificación en caso de cesión del préstamo.
El incumplimiento del deber de información de prestación de servicio va referido concretamente alas ‘cláusulas suelo’. Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario ainterés variable (que utilizan generalmente el euríbor como índice de referencia) y prevén que,aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la propiahipoteca, la persona consumidora seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidadequivalente a la bajada del euríbor.
En el marco de la campaña de control de la Inspección de Consumo que dio origen a los dosprocedimientos resueltos hoy, el Consejo de Gobierno ha sancionado también este verano por lasmismas infracciones a las entidades Banco Mare Nostrum (1,58 millones de euros) y Unicaja Banco(3,1 millones).
Además de la legislación que se aplica en estas sanciones, la comunidad autónoma cuenta tambiéncon la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la ContrataciónHipotecaria de Vivienda, que fue aprobada por el Parlamento andaluz en mayo del pasado año con elobjetivo principal de garantizar la protección de la ciudadanía regulando la transparencia y elacceso a la información que se le debe facilitar a la hora de contratar una hipoteca. Con este fin,el texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que sedebe proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a losavalistas.
Según datos de la Consejería de Salud, la Dirección General de Consumo ha recibido en lo que vade año 1.386 reclamaciones relacionadas con trámites bancarios. De ellas, 112 fueron sobrecláusulas suelo (2.899 desde 2013).
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