Consumo incide en las precauciones con el ‘roaming’ del móvil al viajar para evitar sorpresas en la factura

Consumo incide en las precauciones con el ‘roaming’ del móvil al viajar para evitar sorpresas en la factura
El servicio de itinerancia, conocido por su término en inglés ‘roaming’, permite a las personas usuarias seguir realizando y recibiendo comunicaciones a través de sus teléfonos móviles y dispositivos digitales cuando se desplazan temporalmente fuera del área de la cobertura de la red con la que tienen contratados sus servicios.
Las personas consumidoras que se encuentren en otro país, o que tengan intención de hacer un viaje fuera nuestro país, deben tener en cuenta una serie de consideraciones, dependiendo de si se encuentran en otro país de la Unión Europea o del resto del mundo.
Desde junio de 2017, no se aplican recargos por la realización de llamadas, el envío de mensajes o por navegar por internet en cualquier país de la UE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos (Holanda), Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia. El servicio se extiende a países que forman parte del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein y Noruega.
Por lo tanto, el ‘roaming’ sin recargos no será aplicable, en principio, en Suiza y Andorra, así como Reino Unido. No obstante, siempre es recomendable informarse en la compañía operadora, ya que ésta puede haber ampliado la no aplicación de recargos en dichos países y otros terceros países.
De este modo, las personas que viajen a otro país de la Unión Europea, Noruega, Liechtenstein o Islandia, podrán seguir utilizando sus dispositivos móviles para llamadas y mensajes de texto, siempre que las realicen a teléfonos de su país de origen, utilizando las mismas tarifas de que disponen habitualmente.
El fin del roaming se aplica solo en las conexiones a antenas terrestres (en tierra, ríos, lagos o a lo largo de la costa). Si se viaja en barco (por ejemplo, en un crucero) o avión, en los que ya empiezan a funcionar los sistemas vía satélite, no será aplicable el fin del roaming.
Hay que tener en cuenta la diferencia que existe entre la itinerancia o roaming y las llamadas internacionales. En el primer caso, estamos ante la utilización de un dispositivo móvil en nuestros desplazamientos a países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europea (sin recargos por itinerancia), así como a terceros países (con recargos por itinerancia). En el segundo caso, nos encontramos ante la utilización de nuestra línea de teléfono para llamadas o mensajes de texto a números de teléfono internacionales con el correspondiente recargo en la factura.
Política de utilización razonable
Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar una ‘política de utilización razonable’, mediante mecanismos de control que permitan cubrir las máximas necesidades de navegación, para evitar un uso abusivo de datos o la utilización anómala del servicio contratado.
A partir de este mecanismo, si la entidad operadora detectara, durante un periodo de 4 meses, que una persona ha pasado más tiempo, y consumiendo más servicios móviles fuera de su país, con respecto al país donde tiene contratada la tarifa, podría aplicar un recargo enviándole un mensaje de advertencia.
El cliente dispone a partir de ese momento de un plazo de 14 días para informar y clarificar a la operadora acerca de su situación, o volver a la utilización de su dispositivo móvil en el país donde tiene la tarifa contratada. Si no modifica sus pautas de conducta, la operadora podría aplicarle los recargos establecidos.
Países no pertenecientes a la UE
Debe tenerse en cuenta que en el resto de países, el ‘roaming’ sí tiene recargos. Las personas usuarias cuentan con alternativas como adquirir una SIM/eSIM de datos móviles –en España o en el país extranjero–, que otorgan una cantidad de datos-llamadas en forma de prepago, consumir datos únicamente a través de la red Wi-Fi. Esta última opción puede conllevar riesgos, puesto que al acceder a cualquier red Wi-Fi, estamos dando permiso a que accedan a nuestro dispositivo, suponiendo una vulnerabilidad para nuestros datos.
La principal recomendación si se descartan estas opciones anteriores es asegurarnos de desactivar en nuestros dispositivos móviles la itinerancia de datos. De no hacerlo, se corre el riesgo de sumar recargos, casi siempre desorbitados, aunque las conexiones que realicemos sean mínimas. El ‘roaming’ fuera de la UE o del Espacio Económico Europeo puede resultar muy caro, por eso siempre es recomendable preguntar a la entidad operadora el coste del ‘roaming’ fuera de la Unión Europea.
Existe la posibilidad de que una persona que resida en un país de la UE viva cerca de la frontera con otro país no perteneciente a la UE o al EEE (por ejemplo, Marruecos), y el dispositivo se conecte a las redes del país africano. Para estos casos, lo recomendable es que se configure de manera manual la forma en que los móviles acceden a la red doméstica, para evitar conexiones no deseadas y grandes e inesperados recargos. Igualmente, puede desactivarse, para estos casos, la itinerancia de datos en los dispositivos móviles.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es,y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.
Compartir en