Anteproyecto de Ley de Creación del Instituto Andaluz de Salud.

Información general

Antecedentes de la norma

Los antecedentes normativos son los siguientes:

Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.

Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud.

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de diciembre de 2012, adoptado en el marco de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía.

Acuerdo de 2 de mayo de 1985, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la creación de la Escuela Andaluza de Salud Pública.

Problemas que se pretenden solucionar

Los problemas que se pretenden solucionar con la presente propuesta normativa son los siguientes:

La necesaria racionalización del sector público instrumental con la existencia de entidades con fines y actividades coincidentes y la necesidad de tener en el ámbito autonómico un Instituto de Salud.

La adaptación de las personalidades jurídicas de determinadas entidades, dado que funciones actualmente desarrolladas por las actuales Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud y Escuela Andaluza de Salud Pública S.A. corresponden al ámbito de la Administración Pública y no a sociedades mercantiles o fundaciones.

Las formas jurídicas privadas empleadas por la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud y la Escuela Andaluza de Salud Pública implican renunciar al régimen jurídico que resulta más idóneo para la protección de los intereses generales. Esta renuncia conlleva aceptar un coste de oportunidad y asumir un riesgo de desprotección que de ninguna forma puede quedar compensado con las ventajas, reales o imaginarias, que las formas de gestión privada pueden aportar.

La necesidad de un organismo público de investigación (OPI) en el ámbito de salud en Andalucía, que daría mayores posibilidades de desarrollo de la I+D+i en salud frente a la situación actual.

La necesidad de dotar a Andalucía de estructuras y figuras de estabilización del personal investigador y técnico-investigador en salud.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva sobre la organización y estructura de sus instituciones de autogobierno (artículo 46.1 Estatuto de Autonomía para Andalucía) y sobre la estructura y regulación de sus organismos autónomos (artículo 47.1. 1ª Estatuto de Autonomía para Andalucía).

El artículo 56 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía establece la reserva de Ley para la creación de una Agencia Administrativa.

Por otra parte, es de mayor garantía jurídica dar cobertura legal al proceso de integración de las actuales Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud y Escuela Andaluza de Salud Pública S.A.

Objetivos de la norma

El objetivo de la norma consiste en crear una agencia administrativa denominada Instituto Andaluz de Salud, con carácter de organismo público de investigación e integrar en dicho instituto los medios y capacidades actualmente de la Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud, de la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud y de la Escuela Andaluza de Salud Pública S.A.

Posibles soluciones alternativas

No se encuentra otra solución alternativa, puesto que para conseguir el objetivo pretendido es necesario tramitar un anteproyecto de Ley.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento través del siguiente correo electrónico:

consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Salud y Consumo
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