Mediación Familiar: Inscripción, prórroga, modificación y cancelación de personas y equipos de personas mediadoras en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía

Información general

Título formal:

Mediación Familiar: Inscripción, prórroga, modificación y cancelación de personas y equipos de personas mediadoras en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía

Código:
6204
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
10/07/2013

Descripción

Se entiende por mediación familiar el procedimiento extrajudicial de gestión de conflictos no violentos que puedan surgir entre miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el conflicto, les asistan facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto.

Según lo dispuesto en la Ley 1/2009, de 27 de febrero, hay que destacar la creación y puesta en funcionamiento el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, con carácter administrativo y adscrito a la consejería competente en materia de familias.

Cualquier profesional que quiera desarrollar la mediación familiar como persona mediadora o, como parte integrante del equipo de personas mediadoras, podrá solicitar la inscripción en el Registro de Mediación a efectos de publicidad e información y, en su caso, a efectos de su adscripción al sistema de turnos.

Con carácter general, las partes en conflicto que estén interesadas en el proceso de mediación familiar podrán acceder al listado de las personas mediadoras inscritas en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

La Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tiene por objeto regular las actuaciones de mediación familiar que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como su régimen jurídico.


En cuanto a la figura de la persona mediadora, la Ley establece que el o la profesional que quiera desarrollar la mediación familiar tiene que cumplir unos requisitos entre que se encuentra el de acreditar una formación específica y, en su caso, experiencia en mediación familiar, regulada mediante la aprobación del Decreto 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Regalmento de Desarrollo de la ley 1/2009, de 27 de febrero.

De conformidad con lo establecido en la Ley 1/2009, las personas mediadoras que deseen inscribirse en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía deberán estar en posesión de un título oficial universitario, título de licenciatura, diplomatura, grado, o de formación profesional superior. Asimismo, deberán contar con una formación específica en mediación familiar desde un enfoque interdisciplinar de carácter educativo, social, psicológico y jurídico cuya duración será diferente, según la solicitud de inscripción se realice a los efectos de publicidad e información exclusivamente, o también, a los efectos de adscripción al sistema de turnos.

En el supuesto de aquellas personas que se inscriban a los efectos de publicidad e información, la formación específica deberá consistir en superar un curso con una duración no inferior a 100 horas lectivas o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS), de las cuales al menos 35 horas tendrán carácter práctico.

En el supuesto de aquellas personas que en su caso deseen formar parte del sistema de turnos deberán contar con una formación específica con una duración no inferior a 300 horas lectivas, o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS), de los cuales al menos 60 horas tendrán un contenido de carácter práctico.

El Registro de Mediación Familiar tendrá un vigencia de cinco años que se contará a partir de la fecha de la inscripción en el mismo. Las solicitudes de prórroga deberán presentarse antes de la fecha de caducidad de la inscripción y haber realizado una o varias actividades de formación continua en materia de mediación, de carácter eminentemente práctico, de las cuales tendrán una duración total mínima de 20 horas.

Documentación

DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR ADJUNTA A LA SOLICITUD
(Todas las copias que se aporten de la documentación requerida deberán ser auténticas o estar autenticadas)

1 -DOCUMENTACIÓN COMÚN A ACOMPAÑAR A TODAS LAS SOLICITUDES
Documento Nacional de Identidad en vigor de la persona solicitante, en caso de no prestar su consentimiento expreso para que la Administración pueda consultar sus datos de identidad.
En el supuesto de no tener la nacionalidad española, documento acreditativo de la identificación personal en vigor.

2 -DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN BÁSICA
-Título académico, conforme a los establecido en el artículo 13.1 de la Ley 1/2009, de 27 de febrero.
-Documentación acreditativa de la formación en Mediación Familiar: certificado, diploma o documento acreditativo de la asistencia y, en su caso, aprovechamiento, en el que conste el programa completo, así como el número de horas teóricas y prácticas del curso de mediación familiar realizado.
-Documentación acreditativa de la experiencia en Mediación Familiar (personas que se acojan a algunos de los supuestos establecidos en la disposición transitoria única del Decreto 37/2012, de 21 de febrero). -Certificaciones expedidas por las Administraciones Públicas o Entidades
Privadas correspondientes, de haber ejercido, en el periodo alegado, funciones de mediación familiar, así como copia de los contratos laborales.
-Certificación de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
-Declaración responsable de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y del compromiso del mantenimiento de dicho cumplimiento durante el tiempo que ejerza su actividad.
-Copia de la póliza en vigor del Seguro de responsabilidad civil profesional suscrita por la persona mediadora.
-Otra/s (indicar, en su caso, documentación específica)

3 -DOCUMENTACIÓN PARA LA PRÓRROGA DE LA INSCRIPCIÓN
-Documentación acreditativa de los cursos realizados de, al menos 20 horas acumuladas, de formación en materia de mediación familiar realizada durante los CINCO últimos años, a contar bien desde la fecha de inscripción en el Registro, o bien, desde la fecha en que se realizó la última prórroga.
-Declaración responsable de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y del compromiso del mantenimiento de dicho cumplimiento durante el tiempo que ejerza su actividad.
-Copia de la póliza en vigor del Seguro de responsabilidad civil profesional suscrita por la persona mediadora.

4 -DOCUMENTACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN BÁSICA
Documentación acreditativa del tipo de modificación solicitada

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

REGISTRO DE INSCRIPCIÓN EN MEDIACIÓN FAMILIAR

Información general

       Organismo

        Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

       Responsable del tratamiento

      Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad.   Avda. de Hytasa 14, 41071 – Sevilla.
      sgfamilias.ivgd.cisjufi@juntadeandalucia.es

      Procedimiento asociado:6204

      Finalidad

     Gestión y tramitación de los procedimientos de  mediación familiar, para la inscripción y baja de las personas mediadoras: recogida, registro, organización, estructuración, conservación, modificación, extracción,                     consulta, utilización y comunicación por transmisión.

      Delegado de protección de datos

      dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es
      Avda. Hytasa, 14
      41071 - Sevilla

Interesados

Profesionales que, reuniendo los requisitos exigidos en la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía, quieran desarrollar funciones como personas mediadoras o como parte integrante del equipo de personas mediadoras.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Administración de la Junta de Andalucía.

La Consejería no contempla la cesión de estos datos, salvo las derivadas de obligación legal.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?

Datos identificativos (nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono, correo electrónico), académicos y profesionales, detalle de empleo, Datos económico-financieros.

Transferencias internacionales

No se contemplan

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad

Base jurídica

RGPD:6.1.c)el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la mediación familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 16/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 16/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 16/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 15/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 15/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 16/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 16/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 15/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 15/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 17/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 17/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 17/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Documentación

  • 15/03/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 18/03/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 18/03/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 18/03/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • Última actualización: 18/03/2024
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