Convenio APPA-Marina El Rompido. Tasa T5

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Marina el Rompido, SA
Agencia Pública de Puertos de Andalucía
Duración
El presente convenio entrara en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración de cuatro años. Su prorroga sujeta a la vigencia de la concesión administrativa y al estricto cumplimiento de sus condiciones, así como de la normativa portuaria, será por el mismo plazo de cuatro años adicionales a los iniciales, previa solicitud de la entidad.

Objeto

Establecer la bonificación a aplicar en la cuota de la Tasa portuaria T-5 devengada a las embarcaciones que utilizan los amarres incluidos en las instalaciones gestionadas por la entidad, en correspondencia a las prestaciones que por tales entidades se realicen en favor de los fines que le son propios a esta Administración Pública portuaria, regulado en el artículo 56.V.II de referida Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Regimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.

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