Autorización ambiental unificada
Información general
Autorización ambiental unificada
- Empresas
Descripción
El objeto del procedimiento es determinar a los efectos de protección del medio ambiente, la viabilidad de la ejecución y las condiciones en que deben realizarse las actuaciones sometidas a dicha autorización conforme a lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. En la autorización ambiental unificada se integrarán las autorizaciones y pronunciamientos ambientales que correspondan a las Consejerías competentes en materia de medio ambiente y en materia de aguas, necesarios con carácter previo a la implantación y puesta en marcha de las actuaciones, establecidas en el anexo VIII del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como el resultado de la evaluación de impacto ambiental.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Subsanación: Enlace a la subsanación
- Alegaciones: Enlace para realizar alegaciones
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
- Justificación: Enlace de acceso a la justificación
Formularios
- Tramitación de consultas. Autorización ambiental unificada (AAU) Nº: 001726/A07D (Obligatorio)
- Solicitud autorización ambiental unificada (AAU) Nº: 001726D (Obligatorio)
Requisitos
La solicitud de autorización ambiental unificada se dirigirá al órgano ambiental competente en función de los criterios establecidos en los apartados 1 y 2 del artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y se acompañará de la documentación detallada en el artículo 16 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Entre esta documentación se encuentra el informe previo sobre la afección al patrimonio histórico y la resolución de la actividad arqueológica o certificado de innecesaridad, emitidos por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, conforme a lo indicado en el artículo 32 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de Andalucía.
Estos documentos tendrán que ser suscritos por la persona solicitante o por quien la represente.
Documentación
DOCUMENTOS CONSULTAS PREVIAS:
Según el artículo 30 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, con anterioridad al inicio del procedimiento, los titulares o promotores de actuaciones sometidas a autorización ambiental unificada podrán presentar ante la Consejería competente en materia de medio ambiente una solicitud de la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
La solicitud se acompañará del documento inicial del proyecto, que contendrá como mínimo la siguiente información:
a) La definición, características y ubicación del proyecto.
b) Las principales alternativas que se consideran y un análisis de los potenciales impactos de cada una de ellas.
c) Un diagnóstico territorial y del medio ambiente afectado por el proyecto.
DOCUMENTOS PARA SOLICITUD AUTORIZACIÓN AMBIENTA UNIFICADA O MODIFICACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA O MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA MISMA:
a) Proyecto técnico conforme a las indicaciones del Anexo V del Decreto 356/2010.
b) Informe de compatibilidad con el planeamiento urbanístico regulado en el artículo 17 del Decreto 356/2010, con excepción de las actuaciones que no sean susceptibles de licencia municipal y las modificaciones sustanciales que no supongan aumento de la ocupación del suelo.
c) Informe de situación de suelo en los supuestos regulados en el artículo 91.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio.
d) Estudio de impacto ambiental, que contendrá, al menos, la información recogida en el artículo 35 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, en los términos desarrollados en el anexo VI de dicha ley.
e) En su caso, el proyecto deberá contener la documentación recogida en el anexo VI del Decreto 356/2010, exigida por la normativa sectorial que resulte de aplicación a la actividad, que sea necesaria para obtener las autorizaciones y pronunciamientos que en cada caso integren la autorización ambiental unificada.
f) En su caso, petición motivada en la que se concrete los datos que, a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad, debiendo justificarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes.
g) Justificante del pago de las tasas que resulten de aplicación, en su caso.
h) Valoración de impacto en salud, en su caso, con el contenido establecido en la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía y su desarrollo reglamentario
i) Cualquier otro documento que se estime conveniente para precisar o completar cualquier dato. Estos documentos tendrán que ser suscritos por la persona solicitante o por quién la represente.
j) Informe previo sobre la afección al patrimonio histórico y la resolución de la actividad arqueológica o certificado de innecesaridad, emitidos por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.
DOCUMENTACIÓN PARA CONSULTA SOBRE CARÁCTER SUSTANCIAL O NO DE LA ACTUACIÓN:
- Solicitud de consulta mediante el modelo oficial que figura en el Anexo VII.
- Una memoria descriptiva de la modificación que se pretenda llevar a cabo.
- Una evaluación cuantitativa del impacto ambiental que la modificación tendría sobre alguno de los supuestos recogidos en el artículo 19.11.a) de la Ley 7/2007, de 9 de julio. En el caso de vertidos se estudiarán especialmente las sustancias peligrosas y las prioritarias, analizando tanto sus vertidos como las emisiones o pérdidas.
DOCUMENTACIÓN SOLICITUD PRÓRROGA VIGENCIA:
-Solicitud de prórroga de la vigencia
- Memoria justificativa de las circunstancias que concurran y demás documentación que estime pertinente.
DOCUMENTACIÓN INICIO DE LA ACTIVIDAD:
- Presentación de declaración responsable de conformidad con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando la fecha de inicio de la actividad y el cumplimiento de las condiciones fijadas en la autorización.
En el supuesto de que la autorización ambiental unificada incorpore la exigencia de comprobación previa a la puesta en marcha, la declaración responsable de la actuación incluirá o hará referencia al informe o acta favorable emitida por una entidad colaboradora de la Consejería competente en materia de medio ambiente o por el órgano ambiental competente, y será remitida al órgano sustantivo para su conocimiento.
DOCUMENTACIÓN TRANSMISIÓN DE TITULARIDAD:
- Comunicación de la transmisión de la titularidad.
DOCUMENTACIÓN CESE DE LA ACTIVIDAD:
- Comunicación de cese definitivo actividad.
FORMULARIOS DE SOLICITUD: Actualmente en actualización.
TASAS:
Modelo 046 de pago de tasas
Denominación: Tasa por la prevención y control ambiental
Concepto de pago: 0062
- Tramitación de solicitudes de autorización: 1.672,98 €
- Modificación sustancial de la autorización: 1.115,50 €
Para las instalaciones encuadradas en el grupo 1, epígrafe a), del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la cuota aplicable en cada caso será el 50% de la reflejada en los apartados anteriores.
Dichas tasas se reducirán en un 30% para los solicitantes registrados en el sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales (EMAS) siempre que su alcance incluya el de dicha autorización ambiental.
Sujeto a pago
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Am
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
- Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (modificada por artículo sexto del Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre), (modificada los artículos 54, 60, 69, 78 y 98 por la Ley 7/2011, de 3 de noviembre), (modificado el artículo 29.4 por el Decreto-Ley 5/2012, de 27 de noviembre).
- Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía (Modificado el apartado 1 del artículo 56, por el artículo 11 del Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas).
- Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería (Cód.: A01035415), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba (Cód.: A01035423), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada (Cód.: A01035526), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén (Cód.: A01035534), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga (Cód.: A01035538), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz (Cód.: A01035419), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Huelva (Cód.: A01035530), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla (Cód.: A01035556), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813), Si el expediente afecta territorialmente a más de una provincia, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Provinciales afectadas..
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería (Cód.: A01035415), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba (Cód.: A01035423), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada (Cód.: A01035526), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén (Cód.: A01035534), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga (Cód.: A01035538), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz (Cód.: A01035419), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Huelva (Cód.: A01035530), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla (Cód.: A01035556), Si el expediente afecta territorialmente solo a una provincia.
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813), Si el expediente afecta territorialmente a más de una provincia, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Provinciales afectadas..
- Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular (Cód.: A01025813).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 8 Meses. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
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Información sobre el tratamiento de datos personales
CSMAEA - Actuaciones de prevención y control ambiental (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166246.html)
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
La Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular
dgsaec.csmaea@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en Avda. Manuel Siurot, 50, 41013 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.csmaea@juntadeandalucia.es.
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
La tramitación de solicitudes para las actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental incluidas en el anexo I de la ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental
¿Qué datos personales se tratan?
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, firma). Datos de actividad/participación (incluyendo imágenes). Datos contables
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2007 de gestión integrada de la calidad ambiental y al art. 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos? La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/.
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos