Ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía.

Información general

Título formal:

Ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía.

Código:
17536
Organismo:
Universidad, Investigación e Innovación
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
11/12/2019

Descripción

Ayudas consistentes en el desarrollo, ejecución y puesta en marcha de iniciativas de desarrollo inteligente en el ámbito de las ciudades y territorios de Andalucía, mediante la utilización de las TIC, con la finalidad de impulsar la transformación inteligente de las ciudades y territorios en beneficio de la ciudadanía.

Este proyecto está cofinanciado al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el Programa Operativo Andalucía FEDER 2014-2020, Objetivo temático 2: Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a ellas.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudad en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía.

Artículo 5. Requisitos de las entidades locales para la obtención de las ayudas en especie

1. En la línea Agrupación, la solicitud será presentada por una sola de las entidades que la componen, recayendo en dicha entidad la representación de la agrupación a los efectos de estas bases: tramitación de la solicitud y compromisos presupuestarios, coordinación de la actividad de la agrupación, seguimiento e impulso de las actuaciones a llevar a cabo en el desarrollo del proyecto seleccionado y en el adecuado funcionamiento del mismo durante el periodo de durabilidad de la inversión realizada. En el caso de agrupaciones participadas por una Diputación, la representación de la agrupación deberá recaer en esta entidad.

2. La entidad local que ostente la representación deberá aportar toda la documentación que se indica en el artículo 10 «Presentación de solicitudes y documentación a aportar», así como la que se indica en el artículo 16 «Audiencia, aportación de documentación y aceptación».

3. Podrán solicitar las ayudas objeto de las presentes bases reguladoras las entidades definidas en el artículo 2 que reúnan los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiaria en la normativa reguladora de las subvenciones, y en particular los siguientes:

a) Que no hayan recibido ayudas similares de entidades públicas para la misma finalidad en los cinco años previos a la fecha de la publicación de la correspondiente resolución de convocatoria de la ayuda, lo cual se acreditará mediante certificación en la forma prevista en el artículo 16.2 «Audiencia, aportación de documentación y aceptación».

b) Disponer de presupuesto suficiente y facultad legal para hacer frente a todos los gastos que se deriven de la puesta en funcionamiento del proyecto subvencionado, incluida la aportación a realizar por la entidad local o agrupación, lo cual se acreditará mediante certificación en la forma prevista en el artículo 16.2 «Audiencia, aportación de documentación y aceptación».

4. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

 

Artículo 6. Requisitos de los proyectos y Actuaciones subvencionables.

1. Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en estas bases reguladoras, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

2. Los proyectos presentados al amparo de las presentes bases podrán incluir una o varias actuaciones dentro de las siguientes categorías de gastos subvencionables, referidas a alguno de los ámbitos definidos en el artículo 4 «Ámbito material y naturaleza de los proyectos a subvencionar»:

a) Adquisición en propiedad de hardware y software vinculados al proyecto. Estas adquisiciones deberán contemplar una ampliación de garantía de cinco años.

b) Actuaciones basadas en la prestación y operación de servicios de plataforma tecnológica de ciudad en modo «SaaS» (Software as a Service), prestados durante la duración del proyecto, y siempre que dicho periodo no sea superior a tres años.

c) Desarrollo e implantación de servicios de transparencia y apertura de datos en formato abierto.

d) Desarrollo software, incluida la consultoría, análisis y diseño, así como las adaptaciones que sean necesarias.

e) Entrenamiento del personal interno siempre que dicho entrenamiento se encuentre asociado de forma inequívoca al proyecto solicitado.

f) Campañas de difusión entre los ciudadanos y empresas y estudios de evaluación de las prestaciones y de la aceptación del servicio, con las consiguientes medidas correctivas durante la fase de implantación.

3. El proyecto presentado debe estar englobado dentro del correspondiente plan estratégico de desarrollo inteligente (en adelante plan estratégico) del municipio y/o del territorio al que representa la agrupación. En el caso de agrupaciones participadas por una Diputación, será suficiente con estar incluido dentro del plan estratégico provincial de la propia Diputación. Los planes estratégicos a los que se hace referencia deberán estar aprobados con anterioridad a la aceptación de la subvención, en los términos previstos en el artículo 16 de las bases reguladoras.

4. El plazo de ejecución máximo de cada proyecto presentado no superará el definido en la correspondiente convocatoria.

5. No serán subvencionables los siguientes conceptos:

a) Impuestos, tasas y aranceles.

b) El impuesto sobre el valor añadido, así como los impuestos de naturaleza similar que sean recuperables conforme a la normativa nacional.

c) Adquisición de terrenos.

d) Adquisición de equipos de bienes de segunda mano.

e) Gastos incurridos por la entidad beneficiaria en personal propio.

f) Intereses de demora, recargos, multas y sanciones económicas y gasto incurrido por litigios y disputas legales.

g) En la adquisición de bienes y servicios mediante contratos públicos:

1. Los descuentos efectuados.

2. Los pagos efectuados por el contratista a la Administración en concepto de tasa de dirección de obra, control de calidad o cualesquiera otros conceptos que supongan ingresos o descuentos que se deriven de la ejecución del contrato.

h) Los incurridos en relación con ámbitos excluidos de las ayudas del FEDER, conforme al artículo 3 del Reglamento (UE) núm. 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.

i) Los que sean contrarios a lo establecido en el artículo 65 del Reglamento (UE) No 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo de Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) no 103/2006 del Consejo.

j) Cualquier otro gasto no recogido dentro de los gastos subvencionables.

6. En cualquier caso, se atenderá a lo dispuesto en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el periodo 2014-2020.

Documentación

Orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudad en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía.

Artículo 10: Presentación de solicitudes y documentación a aportar

3. El formulario de solicitud contemplará información general e identificativa de las entidades, declaraciones responsables, documentación detallada de la descripción del proyecto, documentación detallada de los planes estratégicos donde se engloba cada proyecto, así como otra documentación técnica que se considere para la valoración del proyecto. La documentación detallada del proyecto que acompaña a la solicitud contendrá al menos una Memoria Descriptiva del Proyecto (identificando al menos el plan estratégico en el que se engloba, objeto, objetivos, alcance e indicadores), una Memoria Técnica del Proyecto (con los requisitos técnicos mínimos que deberán cumplir cada uno los servicios, sistemas y elementos necesarios para la implementación del proyecto), una Memoria Económica con indicación del presupuesto del proyecto, la cuantía subvencionable, y detalle del desglose de las actuaciones subvencionables, y un Plan de Operación y Mantenimiento (plan de operación y mantenimiento de la inversión, que asegure el mantenimiento de equipos y servicios durante el periodo de durabilidad mínima de la inversión).

Plazo de Inicio

  • 11/02/2020 - 31/12/2029 (Noventa días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto (BOJA 20 de diciembre de 2023). Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Fomento de la Innovación, por la que se modifica la Resolución de 31 de enero de 2020, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2020 para la concesión de ayudas en especie en el marco de la referida Orden de 3 de diciembre de 2019.)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

2024

10/01/2024. Resolución de 11 diciembre de 2023, de la Dirección General de Fomento de la Innovación por la que se modifican las resoluciones de 26 de marzo y de 16 de abril de 2021, por la que se conceden ayudas en especie al amparo de la orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía

2022

16/02/2022. Instrucciones para el abono de la parte cofinanciada por las entidades beneficiarias de la orden CITI (NUEVA VERSIÓN)
23/03/2022. Resolución de 23 de marzo, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se amplia el plazo de abono del 50% restante de la parte cofinanciada por las entidades beneficiarias
23/03/2022. Diligencia de publicación de ampliación de plazo de abono del 50% restante de la parte cofinanciada por las entidades beneficiarias

2021

28/04/2021. Resolución de 16 de abril de 2021, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, complementaria a la Resolución de 26 de marzo de 2021. ITI de Jaén
26/04/2021. Resolución de 26 de abril, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se amplia el plazo de presentación del primer pago y aceptación de la subvención
26/04/2021. Diligencia de publicación de ampliación de plazo de presentación del pago y aceptación
05/04/2021. Resolución de 26 de marzo de 2021, por la que se conceden ayudas en especie al amparo de la orden de 3 de diciembre de 2019
24/03/2021. Diligencia de Publicación de la Propuesta Provisional de Resolución Complementaria ITI de Jaén
24/03/2021. Propuesta Provisional Resolución Complementaria ITI de Jaén

2020

11/12/2020. Comisión de Valoración. Acta de la reunión de la comisión de valoración de 9 de diciembre de 2020
11/12/2020. Comisión de Valoración. Acta de la reunión de la comisión de valoración de 23 de noviembre de 2020
11/12/2020. Comisión de Valoración. Acta de constitución de la comisión de valoración
11/12/2020. Comisión de Valoración. Resolución designación vocales
11/12/2020. Manual Básico de Tramitación: presentación Anexo II "Formulario de Alegaciones/Aceptación"
11/12/2020. Diligencia de Publicación Propuesta Provisional de Resolución
11/12/2020. Propuesta Provisional de Resolución
27/10/2020. Manual Básico de Tramitación: subsanación de solicitudes desde la Oficina Virtual
22/10/2020. Diligencia de la Publicación del Requerimiento Subsanación
22/10/2020. Requerimiento de Subsanación
03/08/2020. FAQs Preguntas Frecuentes. Versión 10
20/07/2020. Resolución de 13 de julio de 2020, de la Dirección General de Economía Digital e Innovación, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Resolución de 31 de enero de 2020
07/02/2020. Resolución de Convocatoria

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Información sobre el tratamiento de datos personales

GESTIÓN DE SUBVENCIONES CIUDADES Y TERRITORIOS INTELIGENTES EN ANDALUCÍA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/205354.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General Fomento de la Innovación cuya dirección es Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 – Sevilla) y cuyo correo electrónico es dgfi.cuii@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Calle Johannes Kepler,1. Isla de la Cartuja (41092 – Sevilla) o en el correo electrónico dpd.cuii@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de Ayudas en especie cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el desarrollo de Ciudades y Territorios Inteligentes en Andalucía.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es:

    • El cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Para gestionar su solicitud de subvención es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.
    • Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Artículo 10.
    • El Plan de Acción AndalucíaSmart 2020, aprobado mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 6 de septiembre de 2016.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Se cederán los datos del personal de contacto de la Administración Local al adjudicatario del contrato en el que se materializa la subvención, además de las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?

Los datos personales han sido proporcionados por el propio interesado.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

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Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 10/01/2024 Resolución de 11 diciembre de 2023, de la Dirección General de Fomento de la Innovación por la que se modifican las resoluciones de 26 de marzo y de 16 de abril de 2021, por la que se conceden ayudas en especie al amparo de la orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía

  • 19/02/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 20/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 10/01/2024 RESOLUCIÓN DE 11 DICIEMBRE DE 2023, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN POR LA QUE SE MODIFICAN LAS RESOLUCIONES DE 26 DE MARZO Y DE 16 DE ABRIL DE 2021, POR LA QUE SE CONCEDEN AYUDAS EN ESPECIE AL AMPARO DE LA ORDEN DE 3 DE DICIEMBRE DE 2019, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN ESPECIE, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL IMPULSO AL DESARROLLO DE CIUDADES Y TERRITORIOS INTELIGENTES DE ANDALUCÍA

  • 20/02/2024 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 10/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 20/02/2024
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