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Algunas recomendaciones

16/07/2010

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Playa de la Costa del Sol.

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Leer detenidamente toda la documentación, conservar el contrato, los folletos de entrega previa obligatoria en este tipo de paquetes o guardar la publicidad son varias de las recomendaciones que deben seguir los consumidores en el caso de optar por esta modalidad, además de guardar todas las facturas y justificantes de transferencias bancarias realizadas. Esta documentación es fundamental para requerir el cumplimiento de lo acordado o contratado y reclamar en caso de que haya transcurrido algún problema. Asimismo, es preferible escoger una empresa que esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo para poder llegar a un acuerdo extrajudicial en caso necesario.

Las agencias de viajes, por su parte, tienen la obligación de disponer de hojas de reclamaciones que los consumidores pueden solicitar para expresar en ellas el motivo de sus quejas. Para reclamar, el usuario debe dejar copia a la agencia de viaje, que habrá de contestarle en un plazo de diez días hábiles. Si no lo hace o la respuesta es insatisfactoria para el consumidor, éste puede dirigirse con el ejemplar reservado para la Administración a los organismos públicos de Consumo.

Las agencias de viajes y touroperadores están obligados a depositar una fianza en los organismos administrativos de Turismo del lugar en el que tienen la sede social central con la que se responderán del cumplimiento de las obligaciones derivadas de las prestaciones de sus servicios frente a los contratantes del viaje combinado, así como del reembolso de los fondos depositados en el caso de que recaiga sentencia judicial firme que así lo declare.

Estar informado sobre nuestros derechos y deberes como consumidores es una baza para que nuestras vacaciones y, nuestro viaje combinado, en el caso de que hayamos optado por esta modalidad de oferta turística, tengan garantías de éxito.